Mar del Plata, 5 de diciembre de 2011
SR. PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Arq. MARCELO ARTIME
S D
Visto:
El proyecto de ordenanza 2109 del año 2011 que en su
articulo 14 expresa la prohibición de venta de alcohol en
eventos realizados en ámbitos privados y
Considerando:
Que el hecho de prohibir la venta de bebidas alcohólicas
en el ámbito privado excede el ámbito de control del Municipio
de General Pueyrredón.
Por todo lo expuesto el bloque de Concejales de la Unión
Cívica Radical eleva el siguiente
Proyecto de Ordenanza
Articulo 1º: Modificase el articulo 14 del proyecto de ordenanza
del expediente 2109 del año 2011, la que quedará redactada de la
siguiente manera:
Articulo 14º: La venta de artículos en el predio:
Queda expresamente prohibida la venta de alcohol y pirotecnia,
según lo establecido por la normativa vigente, salvo en eventos
realizados en el ámbito privado, fiestas y eventos sin acceso
público, convocados con invitación personal en lugares
autorizados por el Municipio de General Pueyrredón y teniendo el
permiso del ReBA y su consumo no excederá los limites del
predio autorizado.
Articulo 2º: De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo