Mar del Plata, diciembre de 2008.
SEÑOR PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON
ARQ. MARCELO J. ARTIME
S/D.-
VISTO
El Convenio suscripto el 20 de agosto de 2008 con la
Secretaría de Turismo de la Nación con relación a la prestación del
servicio de seguridad en playas en el ámbito de la Unidad Turística Fiscal
Chapadmalal para la temporada 2007/2008; y
CONSIDERANDO
Que por la Cláusula Primera del referido Convenio la
Secretaría de Turismo de la Nación asume el compromiso de efectuar una
transferencia por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($
155.000,00) como pago único del servicio objeto del acuerdo;
Que en la Cláusula Segunda la Municipalidad se
compromete a prestar el servicio de seguridad designando quince (15)
guardavidas y dotándolos de los elementos, vestimenta y cualquier otro
material necesario para el cumplimiento del servicio;
Que según informa el área de Liquidación de Haberes de
la Comuna el gasto estimado de la contratación de tales guardavidas
asciende a $ 454.528,78, de lo cual se desprende que el importe acordado
con las autoridades nacionales deviene insuficiente para financiar la
erogación;
Que puede citarse como antecedente de actuaciones
similares el convenio celebrado con la Administración del Complejo de
Punta Mogotes (Ordenanza Nº 18.021 sancionada el 12/04/2007) por el término
de diez años para la cobertura del servicio de seguridad en playas en
sectores públicos predeterminados;
Que en dicho acuerdo, y con relación a los guardavidas
tomados a su cargo, la Administración del Complejo de Punta Mogotes cubre
las erogaciones correspondientes al pago de los salarios, sueldo anual
complementario, vacaciones, aportes provisionales, obra social, ART y todo
otro concepto remunerativo o no que no se hubiere previsto incluyendo los
emergentes de la recategorización que pudiere efectuar la Municipalidad;
Que también se dispone que son a cargo del ente
interjurisdiccional la provisión de elementos de seguridad, vestimenta,
casillas y/o tarimas y todo aquel otro elemento necesario para el
cumplimiento del servicio de seguridad de todos los sectores públicos ;
Que en las actuaciones por las cuales se gestiona la
convalidación del Convenio con la Secretaría de Turismo de la Nación no
consta ningún antecedente que permita clarificar las razones por las cuales
se pactó un monto que no guarda relación con los egresos efectivos de la
Municipalidad;
Que no resulta entendible la disparidad de criterio
existente con el acuerdo aprobado recientemente con la Administración del
Complejo de Punta Mogotes;
En función de lo expuesto precedentemente, el Bloque
de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva el siguiente Proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que gestione ante la
Secretaría de Turismo de la Nación una modificación al Convenio celebrado
con fecha 20/08/08 a fin de posibilitar la cobertura total de los gastos
incurridos para la prestación del servicio de seguridad en playas en el
ámbito de la Unidad Turística Fiscal Chapadmalal durante la temporada
2007/2008.
Artículo 2º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon vería con agrado que en la suscripción de futuros convenios,
tanto con la Secretaría de Turismo de la Nación como con otros organismos,
se prevea el recupero total de los costos que la Comuna deba afrontar para
prestar el servicio.
Artículo 3º.- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
“A 25 AÑOS DE LA RECUPERACION DE LA DEMOCRACIA ARGENTINA” 1983-2008