Información de Expediente

2008 - E - 2113
Fecha de Entrada: 01/10/2008
Carátula: PROYECTO DE RESOLUCION
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema:
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 16/11/2018
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
N 162 0 2009 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Resolución
Declarando a la arena "RECURSO TURISTICO FUNDAMENTAL" del PARTIDO de GRAL. PUEYRREDON y encomendando gestiones por los trabajos de DRAGADO en el ACCESO al PUERTO y por los que se realicen en el FRENTE COSTERO

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-2623 13/11/2008
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1424 04/06/2009

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 02/10/2008 14/10/2008 APROBADO
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 14/10/2008 21/10/2008 APROBADO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 21/10/2008 27/10/2008 APROBADO
006 TURISMO 25/03/2009 07/04/2009 ARCHIVO
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 07/04/2009 28/04/2009 ARCHIVO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/04/2009 01/06/2009 ARCHIVO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



                                           Mar del Plata, Setiembre de 2008.



SR. PRESIDENTE

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

ARQ. MARCELO ARTIME


S/D




               VISTO:


                           La problemática generada por  la  disminución  de

arena en varias zonas  del  frente  costero  marplatense  y  la  Jornada  de

Trabajo organizada sobre el tema y realizada en  el  Recinto  del  Honorable

Concejo Deliberante el día 15 de Agosto ppdo., y



            CONSIDERANDO:


                        Que creemos necesario tomar cabal conciencia  acerca

de lo que significa la arena no sólo en el  Partido  de  General  Pueyrredon

sino para el resto de los municipios costeros que tienen en  las  playas  no

sólo un patrimonio natural de mucha importancia sino un recurso que hace  al

desarrollo de su actividad turística y por ende, de parte importante  de  su

economía local.


                          Que, en tal  sentido,  los  diferentes  actores  e

instituciones con injerencia en el tema  deben  trabajar  articuladamente  y

analizar la situación de aquellos sectores donde antes había playa  y  ahora

no la hay, así como atender  los  informes  técnicos  que  vienen  alertando

acerca del fenómeno de la disminución de arena en las costas, de  manera  de

coordinar los esfuerzos para que este proceso sea revertido.


                          Que es jurisdicción  de  la  Provincia  de  Buenos

Aires la ejecución de obras de protección costera, en cuanto  a  defensa  de

las costas propiamente dicha  y,  también  en  lo  que  hace  al  cuidado  y

preservación del recurso arenífero.


                           Que,  en  la  actualidad,  según   palabras   del

Secretario de Obras, Ingeniero Manuel Regidor, hay obras iniciadas desde  la

anterior gestión  municipal,   que  se  están  ejecutando,   tales  como  la

remodelación de los espigones 11, 13, 15 y 17  en  marcha  aún,  que  fueron

licitadas por la Municipalidad pero se  financian  con  fondos  provenientes

del Ministerio de Planificación Federal con  la  colaboración  en  cuanto  a

inspección, de  la  Dirección  de  Hidráulica  de  la  provincia,  organismo

técnico con competencia en el tema.


                            Que  existe  una  obra   de   defensa   costera,

pendiente de adjudicación, en las playas de  La   Perla  consistente  en  la

prolongación de unos espigones existentes; y, hay una obra licitada  que  es

la Escollera 2, paralela a la costa en el sector de los  balnearios  de  Los

Acantilados a San  Jacinto,  que  tiene  una  nueva  tecnología  en  lo  que

respecta a la conformación de los espigones y a su ubicación respecto  a  lo

que era tradicional ya que se colocan espigones  paralelos  separados  entre

sí y a una  distancia  aproximada  de  la  costa  de  250mts.  La  misma  se

encuentra en proceso de adjudicación  y la documentación ha sido elevada  al

Organismo para el Desarrollo Sostenible de la Provincia para que  apruebe  o

rechace la declaración de impacto ambiental de la obra.



                        Que,  según  el   Organismo   para   el   Desarrollo

Sostenible de la Provincia de Buenos  Aires  (OPDS),  el  tema  costas  como

tanto otros, no admiten decisiones sectoriales ni  personalizadas  dado  que

el manejo costero integrado y la discusión en una misma mesa  con  distintas

visiones, es el único camino que algunos países han encontrado  como  viable

para el desarrollo sustentable de sus costas y para que  las  obras  que  se

realizan para beneficiar un sector no resulten perjudiciales para otros.


               Que dicho Organismo  ha  propuesto  al  Gobierno,  formar  un

Comité interministerial compuesto por  los  cuatro  principales  ministerios

que tienen que ver con la problemática de costas y las distintas escalas  de

resolución de su problemática, a saber:  el Organismo Ambiental,  Producción

y Asuntos Agrarios, Gobierno e Infraestructura.


               Que  en  la  mesa  de  diálogo  abierta  entre  sectores  que

normalmente estaban desvinculados,  aparecen  algunas  soluciones  como  las

acciones concretas del Estado Provincial, las cuales seguirán  avanzando  y,

otras iniciativas vinculadas con el emprendimiento privado que  si  bien  no

habían sido consideradas, constituyen uno de los avances más notables en  el

caso concreto de acción.


                          Que   es  importante  acercar  una  visión  global

acerca de la resolución de los problemas costeros  que prevea, por  ejemplo,

que los trabajos de dragado en los canales del Puerto  contemplen  desde  su

proyección y presupuestación, los trabajos de refulado de la arena sobre  la

playa o, en su defecto, su arrojo a la deriva, a una distancia de  la  costa

que permita un proceso de acumulación. Entendemos que  este  sería  un  paso

fundamental en la defensa del recurso arena.


                          Que, en coincidencia con esta  apreciación,  según

el  Departamento  de  Obras  Marítimas  de  la   Dirección   Provincial   de

Saneamiento  y  Obras  Hidráulicas,  es  necesario  pensar  en  sistemas  de

transferencia de arena, siendo Quequén el lugar óptimo; y, en el  dragado  y

relleno ó dragado y alguna técnica de descarga que aunque no sea el  relleno

sobre playa, sea sobre la zona que  denominada  “hidrodinámicamente  activa”

en la costa donde se desarrollan los procesos costeros más  fuertes  que  es

hasta los 5, 6 y 7 metros de profundidad.


                          Que desde  el  punto  de  vista  del  Planeamiento

Urbano, son fundamentales las obras e intervenciones para evitar la  erosión

costera y la  pérdida  de  frentes  de  arena,  incluyendo  una  perspectiva

regional.


                          Que la ciudad de Mar del Plata nació, se  formó  y

fue creciendo vinculada a su puerto y a sus playas, los que dieron  sustento

a todas las demás actividades, constituyéndose en polo  de  desarrollo  para

la ciudad y haciéndola  atractiva e  interesante para vecinos y turistas .


                          Que, coincidimos con la apreciación surgida de  un

estudio conjunto entre la Facultad  de  Ciencias  Económicas  a  través  del

Centro de Investigaciones Turísticas y el  EMTUR,  que  concluye  que   “las

playas” son el principal motivo y lo que concita el  mayor   interés  de  la

gente que  arriba  a  nuestra  ciudad  y  que  posteriormente  contrata  los

servicios vinculados, como hotelería, gastronomía, recreación y conexos.


                           Que,  desde  un   criterio   de   sustentabilidad

podríamos  agregar  que  es  nuestra  obligación  preservar   los   recursos

naturales, para que sea posible su uso y disfrute hoy  y  para  las  futuras

generaciones. La pérdida o degradación de nuestras  playas ocasiona daños  a

veces irreversibles e  invalorables.  ¿Cuánto  vale  la  arena  de  nuestras

playas? ¿Cuál es la magnitud económica de su desaparición en alguna zona?




                          Por todo ello,  el  Bloque  de  Concejales  de  la

Unión Cívica Radical eleva el siguiente Proyecto de




                                                 RESOLUCION





Artículo 1º.-   Declárase a la arena  “Recurso  Turístico  Fundamental”  del

Partido de

General Pueyrredon.


Artículo 2º.-   En  tal  sentido,  encomiéndase  al  Gobierno  Nacional,  al

Gobierno de la Provincia  de  Buenos  Aires  y  al  Departamento   Ejecutivo

Municipal que toda intervención u obra que se realice en el  frente  costero

tenga en cuenta su preservación, así como que los  trabajos  de  dragado  en

los canales de acceso  al  puerto  prevean  la  transferencia  de  la  arena

extraída a las playas.


Artículo 3º.-  Comuníquese, .

















                                                     -----------------------

Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo





     “A 25 AÑOS DE LA RECUPERACION DE LA DEMOCRACIA ARGENTINA” 1983-2008




                               BLOQUE  U.C.R.




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