Mar del Plata, 22 mayo de 2019
Señor Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Guillermo Saenz Saralegui
S / D
Visto
La importancia del buen funcionamiento de la Banda Sinfónica Municipal
Considerando
Que la banda Sinfónica Municipal fue declarada de Patrimonio cultural intangible de la Ciudad y es uno de los eslabones destacados de la política pública de la cultura de General Pueyrredon;
Que es un organismo centenario, representando a lo largo de esa historia los valores musicales y sociales de los vecinos y vecinas de Mar del Plata y Batán;
Que como todos los equipos, su funcionamiento y profesionalidad está sujeto a contar con los recursos humanos, quienes en su conjunto le dan el prestigio a la banda sinfónica municipal;
Que de acuerdo a la Ordenanza 1315/59, el número mínimo de integrantes para su funcionamiento adecuado es de 38 músicos;
Que en la actualidad el organismo no cuenta con ese mínimo ideal lo que implica la imposibilidad de un normal funcionamiento deteriorando su calidad de interpretación;
Que diversos motivos, tales como: Renuncias, fallecimientos, jubilaciones fueron dejando descubiertos los cargos de un número importante de músicos, no contando con filas de instrumentos esenciales para la interpretación;
Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de:
Comunicación
Artículo 1°: EL Honorable Concejo Deliberante requiere a la Secretaria de Cultura tenga a
bien realizar las gestiones pertinentes para los llamados a concurso a los fines de cubrir los siguientes cargos: 1 solista de Oboe; 1 suplente de solista de Clarinete; 1 fila de Clarinete; 1 fila de Clarinete; 1 fila de Clarinete; 1 fila Saxo Soprano; 1 fila Saxo alto; 1 suplente de solista Saxo barítono; 1 solista de Corno, 1 fila Corno; 1 fila Corno; 1 suplente de solista de Eufonio.
Artículo 2°: El Honorable Concejo Deliberante solicita a la Secretaria de Cultura que implemente los mecanismos necesarios para el correcto funcionamiento de la Banda Sinfónica Municipal hasta el llamado a concurso y designación de los músicos, según las ordenanzas vigentes.
Artículo 3°: A su vez arbitre los medios necesarios a los fines de crear de 3 cargos: 1 solista de fagot; 1 fila percusión- placas; 1 copista.
Artículo 4°: Comuníquese, etc.
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE
Mar del Plata