Información de Expediente

2018 - E - 1061
Fecha de Entrada: 12/01/2018
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/03/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe diversos ítems respecto de los establecimientos bailables y sitios de expendio de bebidas alcohólicas.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/01/2018 23/08/2018 Art.52
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/08/2018 14/03/2019 Art. 31° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 11 de enero de 2018

Al Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Sr. Guillermo SAENZ SARALEGUI

S                          /                           D






De mi mayor consideración:



                      Por intermedio del presente el bloque de concejales de Unidad Ciudadana  se dirige a usted, a fin de elevar el siguiente Proyecto de Comunicación, para ser considerado por el Honorable Cuerpo Deliberativo.-



PROYECTO DE



COMUNICACIÓN





Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo Municipal informe detalladamente, respecto de los establecimientos bailables y sitios de expendio de bebidas alcohólicas, durante el periodo 2017-2018,  lo siguiente:

   A. Actas Labradas por expendio de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido por las leyes provinciales y ordenanzas locales, tanto en locales de expendio como en bailables y similares.

   B. Actas Labradas por presencia de menores de catorce (14) años en establecimientos bailables o similares, o por menores de entre catorce (14) y dieciocho (18) años fuera del horario permitido.-

   C. Actas Labradas por la concurrencia conjunta de menores de edad y mayores de edad cuando en establecimientos bailables o similares.-

   D. Actas Labradas por infracción de locales bailables o similares y lugares de expendio de bebidas alcohólicas a los horarios máximos de apertura.-

   E. Actas Labradas por exceso del factor ocupación en locales bailables.-

   F. Actas Labradas por incumplimiento a la Ordenanza 16.664 articulo 2 y su decreto reglamentario 3/08.-

   G. Si se han registrado clausuras o bajas de habilitación comercial por reiterados incumplimientos, distinguiendo individualmente cada caso.-

   H. Cuantos controles se han llevado y están llevando a cabo a fin de constatar violaciones como las enumeradas en los puntos precedentes



Artículo 2.- A su vez informe, a través de la repartición que corresponda, que acciones ha llevado a cabo para controlar el cumplimiento de la ordenanza 20.073 y concordantes y si ha registrado infracciones  a la misma durante el periodo 2017-2018.-



Artículo 3.- De forma.-


















































FUNDAMENTOS


      Vemos con preocupación cómo vecinos, turistas y portales de noticas nos narran todas las semanas de situaciones tensas y conflictivas en los establecimientos nocturnos, lo que en principio sería consecuencia de la falta de controles.-



      En este sentido es la propia Provincia de Buenos Aires quien,  a través de diversas leyes y decretos reglamentarios, ha establecido el marco a los que los Municipios deben adaptarse a la hora de desarrollar actividad en nocturnidad, sobre todo lo que se refiere a boliches bailables y similares o lugares de expendio de bebidas alcohólicas en general.-


      Estas reglamentaciones son de orden público dada la gravedad de las consecuencias dañosas que se pueden producir en caso de violaciones a las mismas, ya que versan sobre la venta de alcohol, la protección de los menores de edad, la separación entre menores y mayores en las confiterías bailables, etc.-



      El municipio tampoco es ajeno a este tipo de normas, ya que vía ordenanzas como las 20.073 y 16.664 se ha establecido la necesidad de exhibir cartelería informativa con diversos elementos en lugares habilitados para el expendio de bebidas alcohólicas y/o lugares de entretenimiento.-



      Pero a los fines de efectivizar el cumplimiento de tales cuerpos legales y plasmarlos en la realidad de la vida de los ciudadanos se deben ejecutar las políticas y controles necesarios, sin los cuales aun la mejor herramienta legal cae en abstracto. La mejor ley sin agentes que aseguren su cumplimento es letra muerta-


      Las consecuencias de la falta de control son muchas y muy visibles: boliches bailables que exceden su horario de apertura hasta altas horas de la mañana, menores a altas horas de la madrugada dentro de los boliches, consumo de alcohol por fuera de lo horarios permitidos, etc. Todo esto forma un caldo de cultivo para situaciones apremian testales como: peleas en los propios establecimientos o en sus inmediaciones, destrozos a la propiedad pública y privada, etc.-



      Volvemos a repetir aquí que la vida nocturna es consustancial a una ciudad como la nuestra y el esparcimiento nocturno algo que el vecino y el turista deben poder disfrutar, pero siempre que se haga protegiendo a todos los involucrados mediante el cumplimiento de las reglamentaciones que no hacen más que preservar bienes como la salud, la vida, etc.-



      El Legislativo local debe poder tener constante información del estado de cumplimiento de las leyes que el mismo ha sancionado, para que sean aplicadas y se pueda evaluar su funcionamiento real, la necesidad de eventuales reformas, su llegada al vecino, etc. Pedimos estos informes como una herramienta para asegurar una nocturnidad segura y disfrutable y para ejercer el debido control de los actos gubernamentales relacionados con la materia que nos convoca en la presente.-


           Sin más, esperando el acompañamiento del Honorable Cuerpo, lo saludamos atentamente.-

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Mar del Plata


          BLOQUE UNIDAD CIUDADANA


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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