Información de Expediente

2017 - E - 1703
Fecha de Entrada: 23/06/2017
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/06/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Convocando a una Jornada de Trabajo, a fin de debatir y promover la creación del ENTE DESCENTRALIZADO CIUDAD BATÁN.-
Proyecto 2: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2018 16/11/2017

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/06/2017 14/11/2017 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



 Mar del Plata, 23 de junio del 2017.



Señor Presidente

Honorable Concejo Deliberante

GUILLERMO SÁENZ SARALEGUI

Su despacho.



VISTO


           La Delegación Municipal de la ciudad de Batán, dependiente de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, y





Y CONSIDERANDO


           Que el día 6 de mayo de 1968, por Decreto Nº 432, el departamento Ejecutivo creó la Delegación Municipal de Batán dependiente de la Secretaría de Gobierno, con la idea de delegar funciones a una repartición más próxima a los vecinos y sectores de la producción a efectos de facilitar las tramitaciones administrativas y de algunos servicios.



           Que el 18 de diciembre de 1996, el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires declararon "Ciudad" a Batán a través de la ley 11919.



           Que desde entonces el eje poblacional Batán y alrededores experimentó cambios profundos, tanto en su crecimiento demográfico, cuanto en la complejidad de sus relaciones y la demanda de respuestas a las distintas problemáticas emergentes.



           Que la comunidad de Batán actualmente cuenta con 14.000 habitantes, aproximadamente, en su casco urbano y unos 50.000 en la totalidad del territorio de la Delegación, de alrededor de 500 km2. Posee su zona de canteras, proveedora de piedras a Mar del Plata y una inmensa zona bonaerense, fábricas de ladrillos cerámicos y hornos de ladrillos comunes, y además forma parte del cordón frutihortícola más importante de la Provincia de Buenos Aires, resultando el primer exportador de kiwis del país.



           Que Batán tiene una compleja realidad y desafíos crecientes en materia de seguridad comunitaria y de todo orden, que requieren de un planeamiento coordinado.



           Que se impone en el presente avanzar hacia otros criterios de organización, no ya de delegación de funciones, sino de descentralización, como forma de administración en procura de eficientizar el manejo de la cosa pública.


Que conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades (L.O.M.), en su artículo 204, a iniciativa del Departamento Ejecutivo y con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, el Concejo Deliberante, podrá autorizar la creación de organismos descentralizados, para la administración y explotación de los bienes y capitales que se le confíen.


Que el artículo 205 determina que los organismos descentralizados tendrán por objeto la prestación de servicios públicos u otras finalidades que determinen las ordenanzas de creación; y las funciones directivas de los organismos descentralizados estarán a cargo de las autoridades que designe el Departamento Ejecutivo con acuerdo del Concejo – artículo 206 de la L.O.M. -. Los funcionarios titulares de la administración permanecerán en sus cargos durante el tiempo que establezcan las ordenanzas.


Que por su parte, el Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos de los organismos descentralizados – artículo 207 de la L.O.M. -, serán proyectados por las autoridades que los administren y el Departamento Ejecutivo, una vez de aprobarlos, los elevará a la consideración definitiva del Concejo Deliberante, incluyéndolos en el presupuesto municipal como anexos, por lo que recibirán igual trato que éste.



           Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical elevan el siguiente Proyecto de
















ORDENANZA



Artículo 1º: Convócase a una Jornada de Trabajo en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “CPN CARLOS MAURICIO IRIGOIN”, a fin de debatir y promover la creación del ENTE DESCENTRALIZADO CIUDAD DE BATÁN, en base a las previsiones de la Ley Orgánica de las Municipalidades.


Artículo 2º: Serán convocados a participar de la misma, representantes del Departamento Ejecutivo, Concejales, la Defensoría del Pueblo, el Delegado Municipal de la ciudad de Batán, representantes de asociaciones de fomento y entidades intermedias, empresarios, comerciantes, trabajadores, vecinos y/o ciudadanos de la localidad.


Artículo 3º:  Facúltase a la Comisión de Labor Deliberativa a determinar el día y la hora de realización de la presente Jornada, así como la ampliación de la nómina de invitados, establecida en el artículo anterior.


Artículo 4º: Comuníquese, etc.




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Mar del Plata


Bloque



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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