Información de Expediente

2017 - E - 1224
Fecha de Entrada: 22/02/2017
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/07/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al De informe diversos ítems en relación a los establecimientos de educación secundaria municipales 204, 205, 207 y 210.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
033 EDUCACION Y CULTURA 24/02/2017 06/07/2017 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata,  22 de Febrero de 2017.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S                          /                   D



De mi mayor consideración:



                      Por intermedio de la presente me dirijo a usted, a fin de elevar el siguiente Proyecto de Comunicación, para ser considerado por el Honorable Cuerpo Deliberativo.




P R O Y E C T O

D E

COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Informe, respecto de los Establecimientos de educación secundaria municipales  204, 205, 207 y 210, lo siguiente:


   A. Si los establecimientos mencionados han contando con conexión a internet desde el 01/11/2016 al 22/02/2017.-


   B. En caso de no haber contado con conexión a internet, se especifiquen los periodos en donde no ha habido servicio y se indiquen las razones de tal circunstancia.-


   C. Los medios alternativos puestos a disposición de las autoridades para gestionar las tramitaciones administrativas  pertinentes, a los fines de proveer a los alumnos con los títulos de secundario que les corresponden por haber concluido sus estudios.-


Artículo 2.- Asimismo, se solicita se realicen las gestiones necesarias para ASEGURAR que los alumnos que estén en condiciones puedan recibir sus títulos de educación secundaria en tiempo y forma, a los fines de cumplimentar sus inscripciones en establecimientos de educación superior.-


Artículo 3.- De forma, etc.














F U N D A M E N T O S



      Habiendo tomado conocimiento por dichos de vecinos y notas periodísticas publicadas en diversos medios de comunicación, de la falta de conexión a internet que sufren las Escuelas Secundarias Municipales N° 204, 205, 207 y 210 – lo que les impide realizar trámites administrativos relacionados con la generación de los títulos secundarios de los alumnos- expresamos nuestra más profunda preocupación por la situación.-



      Debemos recordar que, a los fines de cumplir en debida forma los procesos de inscripción a carreras universitarias y terciarias, los alumnos egresados de establecimientos secundarios deben presentar su título a la institución requirente, por lo que toda dilación es causa de perjuicio.-



      Siempre que se tocan estos temas, recordamos que concedemos a la educación un rol preponderante en la formación de los vecinos, siendo uno de los pilares de nuestra sociedad democrática. Todo perjuicio que se le cause al sistema educativo repercute muy negativamente en la vida de los alumnos, generando desilusión, descredito y en el peor de los casos, perjuicios materiales y simbólicos.-



      Toda gestión -sea de la inclinación ideológica o partidaria que sea- sostiene la importancia de la educación, lo que diferencia a una de otras es el énfasis que se pone en las acciones – grandes y pequeñas- para garantizar una educación de calidad.-



      Es entonces responsabilidad de todo funcionario público velar, cada uno desde sus atribuciones y roles, por el servicio a los vecinos y la educación de calidad que ellos merecen, dando las herramientas necesarias para que los agentes puedan llevar adelante sus labores con la debida eficiencia y diligencia y los alumnos puedan centrar sus esfuerzos en el estudio y obtener así en tiempo y forma las acreditaciones que los certifican.-



      Debemos recordar que el sistema municipal de educación del Partido es el más grande de la Provincia y su importancia simbólica es trascendente, por lo que es nuestro deber llevarlo como bandera, no permitiendo su deterioro, máxime cuando el mismo puede ser impedido con acciones de mera administración prolija.-



      Es por todo ello, que elevo para su consideración el presente proyecto, esperando el acompañamiento de este Honorable Cuerpo Deliberativo.-





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Mar del Plata






Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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