Información de Expediente

2017 - E - 1002
Fecha de Entrada: 02/01/2017
Carátula: Proyecto de COMUNICACION
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 28/11/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. informe desde que fecha está recibiendo información de parte de Nación Servicios con los datos de uso de S.U.B.E, asimismo informe cual es el procedimiento que debe seguir cualquier ciudadano para poder acceder a los datos de uso de las Tarjetas S.U.B.E y desde cuando se estableció el uso del 147 para recibir reclamos en lugar del 0800-666-5102.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 05/01/2017 28/02/2019 archivo art. 31 RI
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                  Mar del Plata, 26 de Diciembre de 2016.-


Al Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Del Partido de General Pueyrredón

Sr. Guillermo Saenz Saralegui

S/D:


Por su intermedio los Concejales abajo firmantes eleva para consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón el presente PROYECTO DE COMUNICACIÓN, que a continuación se fundamenta.-


VISTO:


Que a partir del día 17 de octubre de 2016 el Sistema Único de Boleto Electrónico, S.U.B.E., es el único medio de pago del servicio de transporte público colectivo del Partido de Gral. Pueyrredón, y


CONSIDERANDO


    • Que la implementación de este sistema se realizó por medio del “Convenio Específico para del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E)”, aprobado por Ordenanza 22.819, sancionada el 22/09/2016.-


    • Que en el artículo 5.7 del convenio se establece que:



      5.7.- NACIÓN SERVICIOS informará a la MUNICIPALIDAD los días QUINCE (15) al mes vencido, el siguiente detalle de información:



      a) Kilómetros realizados por interno/día/mes e intervalo horario.

      b) Cantidad de pasajeros transportados discriminando la empresa/ línea/ ramal/ interno, especificando día/mes e intervalo horario.

      c) Cantidad de pasajeros transportados clasificados según la tarifa, discriminando por empresa/ramal/línea/interno.

       d) Recaudación obtenida por empresa/ramal/línea/interno..-



    • Que en el artículo 5.8 del convenio se establece que:


      5.8.- NACIÓN SERVICIOS deberá proveer a requerimiento de la MUNICIPALIDAD, los días QUINCE (15) al mes vencido, el detalle de los viajes realizados/ fecha/ hora/ empresa/ ramal/ interno de los números de tarjetas S.U.B.E. (con excepción de la información correspondiente a la titularidad de cada tarjeta) que tengan asociado un beneficio contemplado en la Cláusula DECIMO TERCERA: PASES Y ABONOS. La MUNICIPALIDAD deberá requerir dicha información con una antelación mínima de QUINCE (15) días corridos.



    • Que la Ordenanza 18.556, sancionada el 18 de junio de 2008 establece, en su art. 9, que:



      Artículo 9º .- El Departamento Ejecutivo remitirá en forma mensual al Honorable Concejo Deliberante un informe escrito que deberá contener:

      a) Cantidad de kilómetros recorridos totales (mensual y acumulado del año).

      b) Cantidad de kilómetros recorridos por cada empresa.

      c) Recaudación total (mensual y acumulado del año).

      d) Cantidad de pasajeros (mensual y acumulado del año).

      e) Control de los recorridos realizados por cada empresa.

      f) Control del cumplimiento de las frecuencias.




    • Que el día 23 de diciembre de 2016, desde la cuenta @TransporteMGP de la red social Twitter se le indicó a un ciudadano que deseaba obtener la información a la que refiere el convenio previamente citado que debía solicitar una entrevista “para explicarte cuáles son las obligaciones con los datos recibidos y no informe Ud mal a la población.” (SIC).




    • Que el día 23 de diciembre, en una entrevista radial que se le realizara en el programa “Algo va a pasar”, en Radio Residencias,  al Director General de Transporte, Sr. Claudio Cambareri, el mismo manifestó que el t.e. para realizar denuncias y quejas sobre el transporte público del partido es ahora el 147 y no mas el 0-800-666-5102



    • Que la ordenanza 16.789, por la que se estableció el régimen de concesión del servicio de transporte público del partido indica, en el Anexo A, Título II, Relaciones con la Comunidad, que :



      El contratista será responsable de la solución rápida, cortes y razones de todos los reclamos y servicios por parte de los usuarios.

        A estos efectos cada conjunto de líneas debe contar con un servicio de atención de reclamos. Estos centros deberán recibir los reclamos, quejas y sugerencias de quien se considere en derecho de realizar los mismos.

      Para instrumentar lo anterior las líneas en conjunto deberán:

      Habilitar un 0800 en central rotativa, un correo electrónico y una casilla de correo postal. Todas las quejas y sugerencias deberán ser registradas en una base de datos con lo siguiente: fecha, horario de la solicitud, datos del solicitante, lugar del hecho denunciado o solicitado y tipo de observación.








Por todo lo expresado se presenta el siguiente Proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Departamento Ejecutivo informe desde que fecha está recibiendo de parte de Nación Servicios los datos de uso de S.U.B.E. referidos en los artículos 5.7 y 5.8 del convenio específico y adjunte a la respuesta los que no hayan sido elevados a este Honorable Concejo desde dicha fecha, tanto en formato físico como en formato digital, abierto y reutilizable, obviando los datos que puedan identificar la titularidad de las tarjetas.-


Artículo 2.- El Departamento Ejecutivo informe cual es el procedimiento que debe seguir cualquier ciudadano para poder acceder a los datos de uso de las tarjetas S.U.B.E. y detalle cuales son las “obligaciones con los datos requeridos” y bajo que acto administrativo fueron impuestas.


Artículo 3.- El Departamento Ejecutivo informe desde que fecha se estableció el uso del 147 como número para recibir reclamos y quejas del transporte, en vez del 0-800-666-5102, los términos del convenio de uso de ese servicio municipal por parte de las empresas privadas concesionarias del servicio de transporte público colectivo del partido y la contraprestación abonada por las empresas por el uso del mismo .


Artículo 4.- Comuníquese

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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo








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