Información de Expediente

2019 - E - 1153
Fecha de Entrada: 01/02/2019
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor: CJAL. SÍVORI MARÍA VIRGINIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 17/12/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando al DE, habilite el acceso de los integrantes del HCD, al sistema informático RAFAM para la consulta de ejecución presupuestaria de gastos y recursos de los Entes Descentralizados del Municipio, mediante usuarios independientes.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18708 14/11/2019 24419 03/12/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 04/02/2019 13/06/2019 Art. 52 del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 13/06/2019 13/06/2019 Art. 52 del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 14/06/2019 01/07/2019 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 01/07/2019 05/11/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 1 de febrero de 2019


Al Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Sr. Guillermo Sáenz Saralegui

S----------------/------------------D




VISTO



El Decreto Provincial 2.980/00 Reglamentario de la Ley Orgánica de Municipalidades;



El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas con vigencia desde el 1 de enero de 1992;



La Ley Orgánica de Municipalidades; y





CONSIDERANDO



Que en el año 2000 comenzó un proceso de reforma integral de la administración financiera y de los recursos reales en el ámbito de los municipios bonaerenses;



Que dichas modificaciones aplicadas en forma progresiva tuvieron y tienen “la finalidad de alcanzar una eficiente utilización de los recursos públicos, una correcta asignación de funciones y responsabilidades y la evaluación sistemática de los resultados alcanzados”;



Que la Administración del Municipio comprende un conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos cuya interrelación conforma un Macrosistema Integrado de Administración Municipal, para registrar, generar y proporcionar información adecuada, oportuna y confiable;



Que en el decreto 2980/00 consta que los organismos descentralizados “deberán administrar sus recursos financieros y reales en función de las normas y procedimientos contenidos en las presentes disposiciones, (…) de modo de permitir la uniformidad e integralidad de la información referida a la gestión municipal”.



Que el artículo 17 de la citada normativa indica que “La exigencia de equilibrio fiscal a que se refiere el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Municipalidades debe considerarse referida al total consolidado del Presupuesto del Municipio, el cual incluye a los organismos descentralizados”.



Que el artículo 28 de la norma estipula que “La Oficina Municipal de Presupuesto evaluará la ejecución de los presupuestos de la Administración Municipal tanto en forma periódica, durante el ejercicio, como al cierre del mismo. Para ello, los organismos centralizados y descentralizados del Municipio deberán registrar la información de la gestión presupuestaria en términos físicos y remitirla a dicha Oficina”;



Que el Sistema de Contabilidad, en organismos centralizados y descentralizados deberán ajustarse a múltiples objetivos, entre ellos presentar “la información contable y la respectiva documentación de apoyo ordenadas, de forma tal que se faciliten las tareas de control y auditoría, sean éstas internas o externas”;



Que es la Ley Orgánica de Municipalidades la normativa que da facultades al Honorable Concejo Deliberante para autorizar la creación de organismos descentralizados;



Que actualmente, existe un único usuario habilitado para consulta de todos los integrantes del Honorable Concejo Deliberante, lo que causa numerosas dificultades que atentan contra la disponibilidad de la información y la transparencia de la gestión;






Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana propone para su tratamiento y posterior sanción el presente:





PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo habilite el acceso a los integrantes del Honorable Concejo Deliberante, a través de usuarios independientes para cada miembro, al sistema contable informático RAFAM para la consulta de ejecución presupuestaria de gastos y recursos de los Entes Descentralizados del Municipio de General Pueyrredon.

Artículo 2º- Comuníquese.



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Mar del Plata



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon


Departamento Deliberativo






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