Información de Expediente

2018 - E - 2146
Fecha de Entrada: 08/10/2018
Carátula: Proyecto de Decreto
Iniciador: 1PAIS
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/03/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Convocando a una Jornada de Trabajo en el Recinto de Sesiones, a fin de analizar la legitimidad de la Resolución Nº20/2018 y abogar por su derogación, la cual se refiere al cobro de un monto extra a los usuarios por el consumo de gas.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 10/10/2018 14/03/2019 Art. 31° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, octubre de 2018






Señor  Presidente del



Honorable Concejo Deliberante



S/D






VISTO



    La resolución 20/2018 que habilita en forma transitoria y extraordinaria un mecanismo de recupero a abonar por parte de los usuarios, de las diferencias diarias acumuladas entre el precio previsto en los contratos y el reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución de gas desde el 1 de abril y hasta el 30 de septiembre.



                                                       CONSIDERANDO


      Que  el Gobierno dispuso que las empresas distribuidoras de gas cobren un monto extra a los usuarios para compensar a las productoras por las diferencias generadas por la suba del dólar entre abril y septiembre.

    Que el nuevo cargo comenzará a regir desde el 1 de enero y será en 24 cuotas.

    Que la medida se suma al incremento en ese servicio de entre el 30 y el 35% que comenzó a regir el lunes pasado.

    Que estos aumentos se suman a los anunciados el día 28 de marzo pasado, por el entonces Ministro de Energía, Juan Jose Aranguren, quien dio una conferencia de prensa  en el Palacio de Hacienda, donde anuncio el cuadro tarifario del gas que comenzaba a regir a partir del 01 de abril de 2018: una suba de hasta el 40  %  para los hogares de menor consumo.  (Categoría R1 a R23), mientras que para los de consumo medio (R31 a R33) el incremento fue del 32 %. Por ultimo, para los usuarios de mayor consumo (R34) el incremento fue del 28 %.

     Que volviendo a la resolución 20/2018, ésta fue publicada el pasada viernes 5 de octubre en el Boletín Oficial, y allí se habilita "en forma transitoria y extraordinaria" un mecanismo de "recupero de las diferencias diarias acumuladas entre el precio previsto en los contratos y el reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución" desde el 1 de abril y hasta el 30 de septiembre.  

  Que la resolución expresa que "las Diferencias Diarias Acumuladas y actualizadas al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina, serán distribuidas por las prestadoras del servicio de distribución a cada usuario proporcionalmente, tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018".

  Que en ese sentido, precisa la norma firmada por el secretario de Energía Javier Iguacel, que "el Enargas instruirá a las prestadoras del servicio de distribución al recupero del crédito a favor de los productores en línea separada en la factura de sus usuarios, en 24 cuotas, a partir de enero de 2019".

  Que los fundamentos de esta resolución, se deben a la marcada variación del tipo de cambio, lo que provocó diferencias diarias significativas por la compra de gas en el marco de los contratos suscriptos entre los productores y las licenciatarias de distribución.

  Que el tipo de cambio fluctuó en forma pronunciada entre el 3 de abril, primer día hábil de ese mes, en donde el dólar cerró a $20,45 en el mercado minorista, según el relevamiento del Banco Central; mientras que alcanzó un techo cercano a los $42 el viernes 28 de septiembre, cuando la divisa cotizó a $41,88 para la venta.

  Que estas variaciones del tipo de cambio acompañadas de una importante inflación y una correspondiente pérdida del poder adquisitivo de las clases medias y bajas –sobre todo-, también generó serias complicaciones diarias a la inmensa mayoría de argentinos, desde poder afrontar la canasta básica de alimentos a los distintos impuestos, las tarifas de los servicios públicos, la cuota de los colegios privados y de las obras sociales, los aumentos reiterados en el combustible así como en el transporte público; es decir, una gran cantidad de servicios y productos que progresivamente fueron incrementando su costo y, en consecuencia, afectando el poder adquisitivo de la sociedad.

  Que sin dudas, los trabajadores, las ONGs, sociedades fomento, los clubes y en general, los sectores medios y bajos de nuestro país, tendrían suman prioridad para acceder a diversas compensaciones por la pérdida progresiva y profunda del poder adquisitivo, máxime cuando las paritarias han cerrado muy por debajo de los índices actuales de inflación

  Por lo expuesto, el bloque de concejales de 1País  propone el siguiente proyecto de:


DECRETO


ARTÍCULO 1º : Convocase a una Jornada de Trabajo en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante " C.P.N. Carlos Mauricio Irigoin",  para analizar la legitimidad de la resolución 20/2018 y abogar por su derogación.


ARTÍCULO 2º : Invitase a participar de la Jornada de trabajo a los miembros del HCD, Defensoría del Pueblo, Defensa del Consumidor, Liga de Amas de Casa, Asociacion Usuarios y Consumidores Unidos, Consumidores y Usuarios de Mar del Plata y Zona, ACUBA, Consumidores Argentinos, ENARGAS, la CGT local, la Federación de Asociaciones de Fomento, las Cámaras Empresarias del Partido de General Pueyrredon: U.C.I.P.; Consejo Empresario; A.P.Y.M.E.; Acooperar y CA.M.E.CO; las Centrales Sindicales, el Obispado, las Universidades de nuestra ciudad, organizaciones de la comunidad vinculadas a la temática planteada, funcionarios del sector administrativo,  así como legisladores nacionales y provinciales con asiento en el Partido de General Pueyrredon, cursándose a todos ellos las invitaciones respectivas.


ARTÍCULO 3º Autorízase a la comisión de Labor Deliberativa a fijar día y horario para la realización de la misma.


ARTÍCULO 4º: De forma.-









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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



BLOQUE 1PAIS



Mar del Plata



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