Mar del Plata, 14 de agosto de 2018
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui Guillermo
S------------/------------D
VISTO
El predio comprendido por las calles F. Acosta, José Mármol, López de Gomara y R. Gutiérrez (Ex-Canchita de los Bomberos).y;
CONSIDERANDO
Que el predio conocido como la “Ex Canchita de los Bomberos” no tiene ninguna utilización específica y por su estratégica ubicación se caracteriza por ser una gran atracción en la costa.
Que se han impulsado diferentes iniciativas para darle una utilización pero, por distintas circunstancias no han prosperado, y es necesario generar una utilidad específica para embellecer este sector de la ciudad.
Que la creación de un campo deportivo donde se puedan desarrollar diferentes actividades es una alternativa que se presenta como alentadora para muchos vecinos de la zona.
Que disponer de espacios adecuados para la actividad física de los vecinos debe ser una prioridad de la Municipalidad de General Pueyrredon canalizada a través del Ente Municipal de Deportes y Recreación, el Ente Municipal de Servicios Urbanos y la Secretaría de Salud.
Que resulta necesario que el Municipio aporte nuevos dispositivos para el entrenamiento físico
Que de esta manera, el Estado estaría promoviendo los valores más enriquecedores que tiene el deporte, ofreciendo la posibilidad de redescubrir la confianza en uno mismo, el trabajo en equipo, la superación personal, el valor del esfuerzo y la disciplina.
Que según la arquitecta Raquel Perahia (Investigadora Principal Centro de Estudios del Hábitat y la Vivienda CEHyV-FADU-UBA), “el Espacio Público fue concebido como el espacio de la expresión y la apropiación social por excelencia, es el espacio que alberga el cotidiano transcurrir de la vida colectiva. Es el espacio que da identidad y carácter a una ciudad, el que permite reconocerla y vivirla”.
Que esta autora sostiene que los espacios públicos cumplen “una función social: ofrecer espacios destinados al paseo, la contemplación, los juegos, el contacto con la naturaleza indispensable para el desarrollo de los niños y el equilibrio de los adultos.
Que la Ordenanza 11738/98 convalida el Convenio de Depósito en Custodia “suscrito entre la Municipalidad de General Pueyrredon y la Dirección General de Bienes del Estado de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, por medio del cual el Estado Nacional designa a esta Municipalidad como depositaria en custodia del inmueble propiedad de aquel, compuesto por tres fracciones sitas entre la Av. Felix U. Camet y las calles López de Gomara, José Mármol y Florisbelo Acosta, de esta ciudad de Mar del Plata, denominada como:
* Chacra 342: Nomenclatura Catastral: Circunscripción VI, Sección B, Manzana 158c
* Chacra 342: Nomenclatura Catastral: Circunscripción VI, Sección B, Chacra 158, Fracción I.
* Chacra 343: Nomenclatura Catastral: Circunscripción VI, Sección B, Manzana 159b, Parcela l.
Con una superficie total de cuarenta mil ochocientos veinticuatro metros cuadrados con seis decímetros cuadrados (40.824,06 m2).”
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana, eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Articulo nº1- Crease un campo deportivo, cultural y social, que se acompaña en el Anexo nº1, en el predio comprendido por las calles Floribelo Acosta, José Mármol, López de Gomara y Ricardo Gutiérrez (Ex-Canchita de los Bomberos) a fines de promover la práctica deportiva y actividades culturales y sociales en este sector de la ciudad.
Articulo nº2- El Ente Municipal de Deportes y Recreación y el Ente Municipal de Servicios Urbanos tendrán a cargo la realización del campo deportivo, cultural y social mencionado en el artículo anterior y el diseño de las actividades que se realicen.
Articulo nº3- De forma, etc.
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Mar del Plata
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE UNIDAD CIUDADANA