Información de Expediente

2017 - E - 1607
Fecha de Entrada: 02/06/2017
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 08/09/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo como prioridad de atención en el Centro Médico Ambulatorio (CEMA), a los miembros del cuartel de los Bomberos Voluntarios de Sierra de Los Padres.-
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1994 31/08/2017

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 06/06/2017 16/08/2017 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata,  2 de junio de 2017

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui, Guillermo

S------------/------------D


VISTO:

La necesidad de retribuir desde el Estado municipal las acciones que emprenden cotidianamente los bomberos voluntarios de Sierra de los Padres en virtud de su compromiso social y comunitario con el Partido de General Pueyrredon y;


CONSIDERANDO:

      Que el principal valor de los bomberos voluntarios es hacer de la vocación de servicio a la sociedad, su forma de vida.

      Que la principal misión es combatir incendios, rescatar y salvar vidas expuestas a peligro por incendios o accidentes, atendiendo las emergencias derivadas de los mismos, prestando socorro y asistencia debida.

      Que los bomberos voluntarios de todo el país están amparados bajo la ley nº 25054 que regula la misión y organización del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios en todo el territorio nacional.

      Que en la legislación nacional se establece que tendrán por misión “la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional”.

      Que el voluntariado es un trabajo en el que las personas sirven a la comunidad por decisión propia y libre con un importante compromiso social y comunitario y en la actividad no solo se involucran por el bien común sino que también en su accionar ponen en juego su valentía y coraje, comprometiendo su vida.

      Que los Bomberos Voluntarios prestan valiosos servicios a esta comunidad, con la mayor abnegación y desinterés en su lucha contra incendios, rescates, auxilios en accidentes y siniestros, todo lo cuál se ha visto significativamente incrementado en los últimos años en concordancia con el aumento de la población.

      Que, en 1975, los vecinos de Sierra de los Padres, luego de un gran incendio forestal tuvieron la idea de formar un cuerpo de bomberos, proyecto que se cristaliza el 9 de octubre de 1977 en que se  funda la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres.



      Que el cuartel de bomberos de Sierra de los Padres abarca más de la tercera parte del Partido de General Pueyrredon, cerca de 64 mil hectáreas, en las que habitan 40 mil personas.

      Que el trabajo de todos sus miembros es de carácter voluntario y gratuito, constituyéndose como el único cuerpo de bomberos del Partido.

      Que el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres está formado por un grupo de personas de ambos sexos comprometidas que se forman, estudian y se especializan para afrontar la más amplia variedad de siniestros y emergentología.

      Que la actividad que desarrollan los Bomberos Voluntarios es un servicio público, no estatal y totalmente gratuito y una medida para retribuir desde el Estado municipal sería la de facilitar el acceso a la atención sanitaria en los lugares que tiene disponible el municipio de General Pueyrredon.



      Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria  eleva  el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Articulo 1.- Establézcase prioridad de atención para los miembros del cuartel de los Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres en el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias.


Articulo 2.-  Son beneficiarios de lo dispuesto en el artículo anterior quienes posean la acreditación correspondiente que lo identifique como bombero voluntario, mediante certificación otorgada por el Cuartel de Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres.


Articulo 3.-  Es responsabilidad exclusiva de las autoridades directivas de el Cuartel de Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres informar al Departamento Ejecutivo las altas y bajas que se producen en el Cuerpo Activo.


Articulo 4.- La Secretaria de Salud establece la modalidad, extensión y alcance del presente beneficio.


Articulo 5.- De forma, etc.


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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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