Información de Expediente

2015 - E - 1769
Fecha de Entrada: 28/08/2015
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 13/11/2015
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando a ambas cámaras de la Nación y de la Provincia, la elaboración y aprobación de una ley que implemente la utilización de una "Boleta Única de Sufragio" para las próximas elecciones del 25 de octubre de 2015.--
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1861 13/11/2015

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 31/08/2015 19/10/2015 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



                                         Mar del Plata, 28 de agosto de 2015




Sr.                              Presidente                              del


Honorable Concejo Deliberante

Dr Ariel Ciano

S                /                D.


VISTO:


Los  diferentes  proyectos  de  Ley  presentados  por   diferentes   bloques

políticos solicitando implementar la  Boleta  Única  de  Sufragio  para  las

elecciones generales del 25 de octubre de 2015 y


CONSIDERANDO:


Que la democracia  es  el  sistema  de  Gobierno  que  interpreta  mejor  la

soberanía popular que  es  traducida  mediante  el  sufragio  de  todos  los

ciudadanos para la elección de sus representantes.


Que la ley 8.871, mas conocida como Ley Sáenz Peña;  instituyó  el  sufragio

universal, secreto y obligatorio constituyendo un  avance  significativo  en

la vida democrática  de  nuestro  país.  Paralelamente  se  organizaron  los

padrones de votantes acotando las prácticas fraudulentas utilizadas  en  esa

época para fraguar la voluntad popular. Posteriormente, se fueron  ampliando

los  derechos  de  sectores  de  la  sociedad  para  acceder  al  voto   (la

universalidad de la Ley Saenz Peña solo incluía hombres nativos,  no  pardos

y de cierto status), siendo la de mayor relevancia la sanción de la  ley  de

voto femenino dictada durante 1947.


Que  desde  entonces  no  hubo  modificaciones  sustanciales   del   Sistema

Electoral  que  resulta  anticuado,  oneroso  y  que  adolece  de  profundos

defectos que han permitido la profundización de  prácticas  fraudulentas  de

vieja data y otras “nuevas” formas  de  fraude,  que  violentan  en  algunos

casos la decisión soberana, limitan la participación plural y restringen  el

poder de las representaciones  minoritarias,  esenciales  en  el  equilibrio

democrático para la consolidación de los principios republicanos.


Que desde diversos  organismos  internacionales,  organizaciones  civiles  y

representantes  de  partidos  políticos  se  ha  advertido  que  el  sistema

electoral de nuestro  país  no  tiene  la  transparencia  indispensable  que

garantice la calidad institucional y democrática que nuestro país  merece  y

ansía. Y desde la recuperación democrática desde 1983,  no  se  ha  cumplido

con ninguna de las reformas políticas  propuestas  que  mejoren  la  calidad

democrática,   desechando   las   ventajas   tecnológicas   que   han   sido

implementadas en otros países.


Que es incuestionable  la  necesidad  de  implementar  reformas  al  sistema

electoral que lo hagan  transparente,  simple  y  económico,  mejorando  las

representaciones institucionales.


Que dentro de los vicios del sistema electoral  que  han  aparecido  en  los

últimos  años  es  la  multiplicidad  de  Boletas  para  la  elección  y  la

implementación del robo sistemático de Boletas de aquellos partidos  que  no

cuentan con la cantidad de fiscales para ejercer el control.  En  la  última

elección el 86 % de las  denuncias  de  irregularidades  correspondió  a  la

falta  de  boletas  de  partidos  de  la  oposición.  Esto  se  suma  a  las

dificultades y demoras que se repitieron en las mesas electorales.


Que en Argentina, la Boleta Única se utiliza desde 2011  en  las  provincias

de Córdoba y Santa Fe. Los sistemas presentan una pequeña  diferencia  entre

sí:  mientras  en  Córdoba  hay  una  sola  boleta  que  engloba  todas  las

categorías electivas, en Santa  Fe  los  electores  reciben  varias  boletas

separadas en las que deben elegir los  cargos  (gobernador,  legisladores  y

demás) individualmente.


Que la Boleta Única es un sistema ideado en Australia que ya se  utiliza  en

Brasil,  Chile,  Bolivia,  Colombia,  Costa  Rica,  Ecuador,  El   Salvador,

Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y Paraguay, siendo  Argentina

y  Uruguay  los  únicos  países   latinoamericanos   que   todavía   no   lo

implementaron.


Que la implementación de  una  Boleta  única  elimina  esta  posibilidad  de

fraude, reduce los  costos,  simplifica  la  votación  a  los  ciudadanos  y

permite que las autoridades de mesa sean los únicos responsables que  tengan

la facultad para garantizar el derecho de todos los  ciudadanos  a  votar  a

sus representantes.


Que esta reforma,  aún  insuficiente,  es  un  avance  significativo  en  la

reforma al sistema electoral para mejorar la calidad democrática en  nuestro

país.


Que constituye un gesto  de  significación  apoyar  las  gestiones  para  la

discusión en el  Parlamento  Nacional  de  la  ley  propuesta  por  diversos

bloques para la implementación de la Boleta Única de Sufragio,  e  instar  a

la Legislatura Provincial al dictado  de  una  norma  similar  para  nuestra

Provincia.



Por  todo  lo  ante  expuesto  estos  Señores  Concejales  elevan  para   su

consideración el siguiente proyecto de:


                                COMUNICACIÓN



ARTICULO 1°: Este Honorable Concejo Deliberante le solicita a  la  Honorable

Cámara de Diputados de la Nación y  de  la  Provincia  de  Buenos  Aires  la

elaboración y aprobación de una Ley que implemente  la  utilización  de  una

Boleta Única de Sufragio para  las  elecciones  Nacionales,  Provinciales  y

Municipales del próximo 25 de octubre de 2015.


ARTICULO  2°:  Este  Honorable  Concejo  Deliberante  le  solicita  al   Sr.

Intendente Municipal adherir al presente proyecto.

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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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