Información de Expediente

2015 - E - 1692
Fecha de Entrada: 15/07/2015
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/05/2018
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Instituyendo en el Partido de Gral. Pueyrredon el Programa Municipal "Los Pibes van a la Cancha".

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 16/07/2015 12/05/2016
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 12/05/2016 12/05/2016
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 12/05/2016 12/05/2016
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 16/05/2016 22/09/2016 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 22/09/2016 22/09/2016 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 22/09/2016 22/09/2016 Art. 52° del R.I.
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 27/09/2016 29/03/2017 Prórroga
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 29/03/2017 29/03/2017 Prórroga
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 29/03/2017 29/03/2017 Prórroga
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 29/03/2017 17/08/2017 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 17/08/2017 17/08/2017 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 17/08/2017 17/08/2017 Art. 52° del R.I.
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 22/08/2017 10/05/2018 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 10/05/2018 10/05/2018 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 10/05/2018 10/05/2018 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



                                        Mar del Plata,  15 de Julio de 2015.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Ciano

S------------/------------D


VISTO:

      Que la ciudad de Mar del Plata cuenta con  equipos  federados  en  las

tres principales categorías de competición  profesional  de  fútbol,  de  la

República Argentina.


CONSIDERANDO:

      Que el Fútbol es el deporte más popular en Argentina.

      Que según un estudio realizado por la Secretaría  de  Deportes  de  la

Nación y el INDEC en el año 2000, es el deporte  que  posee  más  ciudadanos

federados, arrojando un total de 540.000 jugadores, equivalente al  1,4%  de

la población total en ese momento.[1]

      Que este deporte, es el más practicado por la población  masculina  en

forma recreativa o no federada, desde la niñez.

      Que según un estudio realizado por la consultora Equis en el año 2006,

nueve de cada diez habitantes declaran ser simpatizantes de algún equipo  de

fútbol.[2]

      Que desde el año 1893 existe en nuestro país, la Asociación del Fútbol

Argentino (AFA), siendo la octava  Federación de Fútbol del  mundo,  en  ser

creada.

      Que desde el año de su creación, se han desarrollado al menos una Liga

competitiva en nuestro país, siendo esta la tercera más antigua,  detrás  de

la Liga Inglesa y la Liga Holandesa de Fútbol.

      Que la  República  Argentina  forma  parte  de  los  ocho  países  que

obtuvieron la Copa Mundial de Fútbol organizada por la FIFA.

      Que este deporte se encuentra ampliamente difundido en el  país  desde

hace más de un siglo, ya que, por ejemplo, se inventó en 1931 en  la  ciudad

de Bell Ville la pelota de fútbol moderna, sin tiento.

      Que la importancia del fútbol en la Argentina  se  ha  manifestado  de

diversas formas en su cultura y actividades artísticas.

      Que en nuestra Ciudad, gracias  a  la  iniciativa  de  José  Fernández

durante los inicios del Siglo XX, este deporte fue  practicado  por  primera

vez, en un terreno baldío ubicado 3 de febrero  entre  San  Luis  y  Mendoza

(hoy calle Mitre).

      Que durante la temporada veraniega de 1904-1905, los cautivados por el

"foot-ball" daban rienda a su entusiasmo  en  otra  cancha,  sin  marcas  ni

arcos, en la manzana formada por la Avda. Independencia, Salta, 25  de  mayo

y 9 de julio.

      Que en  el año 1906 en el terreno de  la  hoy  plaza  España,  ubicada

entre las calles Constitución (hoy Avda. Libertad), la hoy  Catamarca  y  el

paseo costero General Arias (luego llamado Boulevard Félix U.  Camet  y  hoy

Avda. Patricio Peralta Ramos), se jugó el primer partido  formal  de  fútbol

que se recuerda en Mar del Plata.

      Que en el año 1911, se construyeron gradas en la cancha  de  la  plaza

España, convirtiéndose de esta forma en  la  primera  cancha  formal  de  la

Ciudad.

      Que la Ciudad de Mar del Plata, cuenta desde el  26 de junio de  1913,

con su propia Liga Regional de Fútbol.

      Que los fundadores de esta Federación Regional fueron los  clubes   de

Atlético de Mar del Plata, Pedro Luro y San Martín.

      Que por iniciativa de la Liga Marplatense de Fútbol, el 4 de  Mayo  de

1952, se inauguró el  Estadio  General  San  Martín,  ubicado  en  la  Avda.

Champagnat y Alvarado.

      Que la inversión realizada para la construcción de esta cancha fue  de

$ 127.233,90 pesos argentinos.

      Que la capacidad de este estadio, primero en su  clase  dentro  de  la

región, era de unos 20.000 espectadores.

      Que dentro de la Liga Marplatense de Fútbol, participan en  la  actual

competencia, un total de 30 equipos.

      Que actualmente, el Estadio Municipal Minella otorga la localía a  los

clubes Aldosivi, Alvarado  y  Unión,  durante  los  partidos  de  las  Ligas

profesionales de Afa, con la posibilidad de albergar hasta  35.000  personas

en sus instalaciones.

      Que el compromiso social de estos  clubes  es  claro,  ya  que  llevan

adelante diversas acciones, tendientes al servicio de la Comunidad.

      Que los Centros Deportivos Barriales  y  las  Escuelas  de  Iniciación

Deportiva son  propuestas  deportivas  de  actividad  física,  inclusivas  y

gratuitas que el EMDeR dispone durante todo el año en  sedes  barriales  del

Partido de General Pueyrredon y dentro del Parque Municipal de los  Deportes

"Teodoro Bronzini".

      Que el Programa Educativo Barrial se  implementa  en  los  barrios  de

nuestra ciudad, en más  de  130  centros  que  funcionan  en  sociedades  de

fomento,   delegaciones    municipales,    templos,    clubes    deportivos,

organizaciones   no   gubernamentales,   centros   culturales,   parroquias,

bibliotecas, Casas del  Niño,  Centros  de  Salud,  Enviones  y  Centros  de

Desarrollo Infantil, acercando las  actividades  a  los  lugares  donde  las

personas viven y trabajan.

      Que su prioridad es brindar  los  conocimientos,  valores,  destrezas,

habilidades,  para  satisfacer  necesidades  específicas  en   sus   propios

contextos.

      Que  la  educación  en   nuestro   país   presenta   varios   desafíos

impostergables: por un lado, la adopción de formas  creativas  para  generar

prácticas educativas que faciliten la inclusión social  y  la  inserción  al

mundo del trabajo y que favorezcan  la  integración  de  la  comunidad;  por

otro, la formulación de estrategias que den  respuesta  al  interrogante  de

cómo recuperar a los que fueron excluidos del  sistema  educativo  formal  y

que también sean capaces de generar acciones para lograr que los alumnos  no

abandonen y puedan continuar y terminar sus estudios.

      Que el PEBA responde a estos desafíos generando  proyectos  educativos

que habilitan espacios más allá de las aulas propiamente dichas,  y  que  al

mismo tiempo respondan a las necesidades de los vecinos de los barrios.

      Que la oferta educativa del Programa Educativo  Barrial,  consiste  en

cursos  y  talleres  para  todas  las  edades,  conforma   un   abanico   de

posibilidades y  prácticas  concretas  muy  amplias,  que  van  desde  apoyo

escolar e inglés,  que  son  las  más  solicitadas,  hasta  actividades  tan

diversas como repostería, pintura, danza, entre otras.

      Que es justamente esta  variedad  la  que  determina  un  conjunto  de

características básicas que definen a  la  educación  no  formal:  educación

permanente y continua, educación flexible y adaptable a todas las  edades  e

intereses, en definitiva, educación para todos.

      Que el programa se caracteriza por su amplitud y heterogeneidad y  las

funciones que abarca van desde reforzar numerosos aspectos de  la  educación

permanente  -  programas  de  expansión  cultural,  actividades  lúdicas   y

recreacionales,  cursos  para   facilitar   las   posibilidades   laborales,

capacitación para el desempeño artesanal - hasta tareas  de  complementación

y refuerzo de la escuela.

      Que tenemos la certeza de que estas  experiencias  pedagógicas  sirven

para consolidar la idea de que el significado de la educación  no  se  puede

limitar al concepto de escolaridad.

      Que limitar la educación a la escuela  sería  restarle  importancia  a

otras prácticas,  espacios  y  escenarios  sociales  que  son  tanto  o  más

importantes en la formación de las personas.

      Que en 2012, las propuestas superaron el centenar, entre las  Escuelas

Deportivas (26) que se dictan en el  ámbito  del  Parque  Municipal  de  los

Deportes, y los Centros Barriales (81) que se desarrollan en  locaciones  de

cada barrio, sede social o club.

      Que   entre   las   ofertas   para   la   población   se    encuentran

Acondicionamiento  Físico  para  Adultos,  Atletismo,  Atletismo   Especial,

Básquetbol, Beach Voley, Caminatas,  Deportes  Acuáticos,  Deportes  varios,

Educación Física Infantil, Destreza, Fútbol, Gimnasia General  y  3ra  edad,

Gimnasia Rítmica, Handball, Hockey, Levantamiento  olímpico  y  paralímpico,

Patín, Recreación, Taekwondo, Tenis, Triatlón, Voley y Yoga.

      Que durante el año 2012, con motivo  del  125°  aniversario  del  Club

Atlético Quilmes, se implementó el Programa “Vamos a la  cancha”,  donde  la

institución invitó a participar a los clubes infantiles  y  escuelas  de  la

ciudad.

      Que en el año 2013, se implementó de manera  exitosa  un  programa  de

cooperación entre la Municipalidad de Córdoba y el  Club  Atlético  Belgrano

de Córdoba, participando del mismo, más de 700 chicos.

      Que mediante este convenio, niños y niñas de diferentes  instituciones

intermedias, tales como los centros vecinales municipales, clubes  barriales

y polideportivos municipales, entre  otras  entidades,  pudieron  presenciar

gratuitamente los partidos oficiales que jugó Belgrano en el  estadio  Mario

Kempes.

      Que realizar un  programa  de  este  tipo  sería  importante,  ya  que

proveería la posibilidad de trasmitir valores a través del deporte,  basados

en el compromiso social,  la  representación  institucional  y  el  correcto

comportamiento en un evento de convocatoria masiva.

      Que este  tipo de iniciativas generan vínculos solidarios  y  fomentan

la función social, el bien público y  la  formación  de  valores  entre  los

ciudadanos y las instituciones.

      Que lo destacable sería mantener estos programas, e incrementarlos  en

el tiempo, siempre al servicio de la comunidad a la que pertenecemos.


      Por todo lo expuesto, el Bloque  de  Concejales  del  Frente  para  la

Victoria  eleva  el siguiente proyecto de:


                                  ORDENANZA


Artículo 1.- Institúyase en el Partido de General Pueyrredón, el Programa

Municipal “Los Pibes van a la Cancha”.


Artículo 2.- Con objeto de implementar este Programa Municipal,

distribúyase entre las Escuelas Barriales participantes, el total de 100

(cien) entradas para cada partido de local que disputen en el Estadio

Municipal “José María Minella”, los clubes marplatenses asociados a la

Asociación de Fútbol Argentino.


Artículo 3.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir con aquellos

clubes radicados en el Partido de General Pueyrredón, que cumplan los

requisitos excluyentes, los convenios necesarios para la implementación de

este programa.


Artículo 4.- Arbítrense los medios requeridos para que los actores

involucrados (Escuelas Barriales de Fútbol) puedan ser convocados.


Artículo 5.- Confórmese un Registro Público de Escuelas Barriales de

Fútbol, suscriptas al Programa Municipal “Los Pibes van a la Cancha”.


Artículo 6.- Establézcase un fondo, proveniente del Ente Municipal de

Deportes y Recreación (EmDeR), para el abono de los Seguros Médicos, que

debe efectuarse con cada una de las entradas.


Artículo 7.- De forma, etc.



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[1] Censo sobre Hábitos en actividades físicas y deportivas de la población

argentina, Buenos Aires, 2000

[2] «Estudios sobre adhesiones a equipos de fútbol. Total país 2006».

Consultora Equis. Buenos Aires.






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Mar del Plata



                       BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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