Información de Expediente

2014 - E - 2088
Fecha de Entrada: 27/10/2014
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA EN ARCHIVO
Desde: 09/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe sobre diversos ítems conforme a lo dispuesto por el art. 7º (ref. monto destinado a mantenimiento y conservación del inmueble), del Convenio suscripto entre la MGP y la Asoc. Civil Mar del Plata Golf Club.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4518 12/03/2015

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 28/10/2014 11/11/2014 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/11/2014 09/02/2015 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 27 de Octubre de 2014.-

 

  

Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredón

Dr. Nicolás Maiorano

 

 

Visto:


                    La Ley Provincial Nº12585, la Ordenanza 10075  y  anexas

- Código de Preservación Patrimonial y la Ordenanza 14404  con  su  Convenio

de Concesión anexo; y

 

 

Considerando:

 

                    Que La Ley  Provincial  Nº12585  desafecta  del  dominio

provincial el inmueble cuya nomenclatura catastral es:  Circunscripción  VI-

Sección D.- Chacra 346  y  transfiere  el  mismo  al  Municipio  de  General

Pueyrredón.


                      Que  la  Ordenanza  10075  y  anexas   -   Código   de

Preservación Patrimonial - incorpora al mismo en el  listado  de  Obras  del

Patrimonio Arquitectónico Marplatense


                     Que la  Ordenanza 14404 del año 2001,  en  cumplimiento

de uno de los cargos establecidos por  la  ley  provincial  mencionada,  dio

origen a un Convenio, a   través  del  cual,  la  Municipalidad  de  General

Pueyrredón y  la  Asociación  Civil  Mar  del  Plata  Golf  Club   acordaron

derechos y obligaciones referidos a la  concesión   de  uso,  explotación  y

preservación del inmueble.

 

                      Que  el  Artículo  4º  de   la   referida   Ordenanza,

encomienda al Departamento Ejecutivo a establecer las  condiciones  de  uso,

canon, monto de las inversiones en mantenimiento y  obras  en  el  inmueble,

además  de  la  retención  de  las  tierras  necesarias  para  fomentar   el

desarrollo urbano de la ciudad, así mismo prevé  una merma en la  superficie

del predio, con el objeto de realizar una adecuación urbana  en el tramo  de

Av. Alem, entre Av. Juan J. Paso y Av. Juan. B.  Justo;  merma  destinada  a

aportar  seguridad  al uso deportivo del mismo,  evitando que  la  actividad

del Club cree situaciones indeseadas,  permitiendo  una  normal  y  adecuada

circulación peatonal y vehicular,  y  similares  condiciones  para  con  las

viviendas adyacentes.


                     Que el artículo  2º  de  dicho  Convenio  establece  un

plazo de treinta (30 ) años de concesión a partir de la  fecha  de  vigencia

del mismo.

 

                     Que el  artículo  7º  prevé  una  inversión  mínima  de

$150.000 anuales, a valores constantes con base octubre 2002, por parte  del

Club, destinados al mantenimiento y conservación  integral del predio y  sus

instalaciones  fijas,  estipulando  que  a  principios  de  cada  año   éste

presentará un plan anual de inversiones para ser aprobado por  la  autoridad

municipal.

 

                     Que recientes quejas de grupos  de  vecinos,  señalando

deficiencias en las medidas  de  seguridad  implementadas  para  el  predio,

fueron puestas de manifiesto en la Sesión Ordinaria del HCD del día   11-09-

2014 a través de la Banca Abierta expresiones que se  sumaron  a  un  grave,

desgraciado y evitable  accidente,  en  el  que  una  joven  transeúnte  fue

impactada por una pelota perdida,   provocándole  la pérdida de un ojo.

 



                     Que  siendo  la  Municipalidad  de  General  Pueyrredón

custodio natural del Patrimonio Arquitectónico Marplatense, propio y  ajeno,

debe  observar   y  hacer  observar  ejemplaridad  en  el  mantenimiento  de

aquellos bienes  que  por  sus  valores  han  sido  incorporados  al  acervo

cultural de la ciudad.

 

                     En función de lo expuesto, el Bloque de  Concejales  de

la Unión Cívica Radical eleva el siguiente

 


                          PROYECTO DE COMUNICACIÓN

 

 

Artículo 1º .- El Honorable Concejo  Deliberante  solicita  al  Departamento

Ejecutivo que informe, conforme a  lo  dispuesto  por  el  artículo  7º  del

Convenio suscripto  entre  la  Municipalidad  de  General  Pueyrredón  y  la

Asociación Civil Mar del Plata Golf Club:


    • Planes anuales de  inversión  presentados  por  la  Entidad  para  los

      últimos cinco (5) años, con informe de monto comprometido y detalle de

      obras.

    • Si los mismos han sido aprobados por el Municipio y se  han  ejecutado

      en tiempo y forma.

    • En caso de no haber cumplimentado con lo estipulado  en  el  Convenio,

      acciones llevadas adelante por el Municipio.

    • A través de las áreas de  incumbencia  del  Municipio  se  realice  un

      informe exhaustivo del estado edilicio actual del  bien  concesionado,

      incluidos el cerco perimetral  verde  y/o  de  alambre  tejido  y  del

      cumplimiento de la Ordenanza 10075.


Artículo 2°.- De forma

 


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Mar del Plata



                                BLOQUE U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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