Información de Expediente

2012 - E - 1966
Fecha de Entrada: 25/10/2012
Carátula: Proyecto de Resolución
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/07/2013
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1488 0 2013 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Resolución
El H.C.D., solicita reproducir el Proyecto de Ley Nº3658-D-2008, referido a creación de un Registro Nacional de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual en el ámbito del Ministerio De Justicia de la Nación.-
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1726 11/07/2013

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
038 DERECHOS HUMANOS 30/10/2012 05/03/2013 plazo cumplido
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 05/03/2013 05/03/2013 plazo cumplido
038 DERECHOS HUMANOS 07/03/2013 04/07/2013 Archivo
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 04/07/2013 08/07/2013 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                      Mar del Plata, 25 de Octubre de 2012.-





    Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante

    Dr. Ariel Ciano

    S                            /                                D:



    Visto



      Los acontecimientos de público conocimiento con respecto al  caso  de

    Tatiana Kolodziez, que conmocionó a todo nuestro país  y



    Considerando



      Que unos de los posibles remedios para evitar este tipo de delitos se

    encuentra la creación de un Registro de Condenados por  Delitos  contra

    la Integridad Sexual que se presento  en  el  año  2008  a  partir  del

    expediente 3658-D-2008 que contaba ya con media sanción de la Honorable

    Cámara de Diputados de la Nación y que por  falta  de  tratamiento  del

    Senado de la Nación   caduco  el  año  pasado  y  que  seria  necesario

    Reproducir .



      Que es prioritario proteger a la sociedad de un tipo  de  delito  que

    según los especialistas en el tema y todas las estadísticas al respecto

    tiene el mayor índice de reincidencia, el Estado  debe  proteger  a  la

    sociedad de condenados por delitos sexuales que siendo liberados llevan

    en sí una gran carga de posibilidades de reincidir.



      Que  se necesita una Ley destinada a la prevención, a  salvar  vidas,

    cuya esencia radica en la posibilidad de reunir datos identificatorios,

    fotografías, huellas digitales, domicilio y paradero actualizado, señas

    particulares y registros de ADN de  condenados  por  delitos  de  abuso

    sexual, incorporando además un Registro Único  de  ADN  de  Autores  de

    Delitos Sexuales de Identidad Desconocida,  banco  de  datos  genéticos

    formado por las pruebas  de  ADN  obtenidas  en  delitos  sexuales  sin

    resolver.



      Que en algunos países del mundo ya han legislado en  la  materia.  En

    Estados Unidos de Norteamérica se sancionó la ley Jacob Wetterling, que

    exige que los estados incluyan en el Registro de Delincuentes  Sexuales

    a los individuos que hayan sido autores de delitos  contra  menores  de

    edad. Asimismo se legisló un grupo de normas, denominado  "Ley  Megan",

    cuya consecuencia es la creación  de  un  registro  de  condenados  por

    delitos sexuales. En Francia, la ley creó un  fichero  de  delincuentes

    sexuales, el cual incluye el registro de su ADN.  Por  su  parte,  Gran

    Bretaña puso en vigencia un  sistema  de  vigilancia  para  autores  de

    delitos contra la integridad sexual utilizando la tecnología GPS, y  el

    grado de peligrosidad es  el  que  determina  el  tipo  de  vigilancia.

    También Alemania ha tomado medidas al respecto  que  contemplan  a  los

    condenados por primera vez y a los reincidentes. En Australia existe un

    registro de condenados, con  algunas  medidas  accesorias  que  no  son

    compatibles con nuestro sistema jurídico. Otros países como  Austria  y

    Suecia también han legislado al respecto.



    Por todo ello el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical  eleva

    el siguiente proyecto de















































                             R E S O L U C I Ó N



    ARTÍCULO 1º.- El H.C.D. solicita reproducir el Proyecto de Ley Nº 3658-

    D-2088 denominado CREACION DEL  REGISTRO  NACIONAL  DE  CONDENADOS  POR

    DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL EN  EL  AMBITO  DEL  MINISTERIO  DE

    JUSTICIA,  SEGURIDAD  Y  DERECHOS  HUMANOS  DE  LA  NACION:  FINALIDAD,

    REGISTRO  DE  DATOS  PERSONALES,  REINSERCION  SOCIAL,   IDENTIFICACION

    GENETICA, DERECHO A LA INTIMIDAD, CADUCIDAD, ACCESO A  LA  INFORMACION,

    PRESUPUESTO; SE AGREGA ARTICULO 41 QUINQUIES AL CODIGO PENAL.



    ARTÍCULO 2º.- Enviar copia de la presente Resolución a las  Autoridades

    del Poder Ejecutivo Nacional, Ministerio de Justicia de la  Nación,  al

    Poder Legislativo Nacional, Poder Ejecutivo  Provincial  Ministerio  de

    Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires  y a  los  señores

    Legisladores Nacionales de nuestra jurisdicción



    ARTÍCULO 4º.- Invitase al Departamento Ejecutivo Municipal a

    pronunciarse en el mismo sentido.-


    ARTÍCULO 5º.- De forma .-

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Mar del Plata



BLOQUE UNION CIVICA RADICAL



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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