Mar del Plata, 14 de Agosto de 2012
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Ariel Ciano
S / D:
VISTO:
La necesidad de ampliar y reforzar los canales de
participación, generando en los jóvenes la responsabilidad
yemponderamiento respecto del mantenimiento y cuidado de las
obras realizadas y la importancia y el costo de los servicios
prestados por el Municipio y;
CONSIDERANDO:
Que el presupuesto participativo Jóven consiste en una forma de
gestión de presupuesto, en la cual la población juvenil de la ciudad,
a través del desarrollo de jornadas participativas, debatirá acerca
de las prioridades presupuestarias.
Que constituye en sí mismo, una herramienta importante de
participación y construcción de ciudadanía activa, ya que en los
estados modernos es el presupuesto estatal, el instrumento del
gobierno para llevar adelante políticas públicas.
Que este Programa de Presupuesto Participativo Jóven busca
lograr que los vecinos se sientan comprometidos con los destinos
de la ciudad, aportar un instrumento de control y
planificación de la administración municipal, mejorar la disposición
para cumplir con las normas tributarias, motivar la participación
ciudadana en las tareas de gobierno de la ciudad y consolidar un
espacio institucional de participación.
Que el espacio de participación creado a través de la
implementación del Presupuesto Participativo Jóven, permite al
jóvenes entre 13 y 30 años, opinar sobre el gasto, la inversión, los
recursos y el control de la actividad financiera del sector público,
generando una ciudadanía más exigente y más crítica de la gestión
del Estado.
Que en términos prácticos el Presupuesto Participativo Jóven es
un mecanismo de participación social, que permite a la población
conocer sobre su presupuesto municipal y decidir sobre el mismo.
Que es saludable en términos de mejora de la calidad
democrática, que asambleas de estudiantes, vecinos, clubes
deportivos, organizaciones intermedias decida qué hacer con la
partida asignada.
Que el principal objetivo de este sistema de gestión
presupuestaria es, entonces, generar en el vecino la conciencia de la
importancia de su contribución al sostenimiento del Municipio, que se
traduce en servicios prestados por el mismo y en programas concretos
de gran importancia, la educación cívica necesaria para
participar en el programa y que, en definitiva, visualice su
rol primordial en la administración de las cuestiones públicas.
Que también se busca generar en los funcionarios del
municipio en general y en los encargados de llevar adelante el
proceso de Presupuesto Participativo Jóven en particular, la
conciencia de la importancia de las opiniones de la juventud en la
administración pública y de la participación de los mismos en
la toma de decisiones, como principal insumo legitimador de las
mismas.
Que con el objeto de generar estas estrategias y de
crear nuevos mecanismos para complementar los procesos ya
existentes en el país se elabora este proyecto, toda vez que el hecho
de impulsar un proceso que permita a los particulares definir el uso
de una porción del presupuesto Municipal local brindará una sociedad
con mejores niveles de igualdad e
integración.
Que todos los actores que estamos comprometidos en el trabajo
diario debemos colaborar y llevar a cabo políticas para elevar las
chances de éxito de los jóvenes aprovechando mejor los recursos e
intereses compartidos, para esto debemos establecer una sinergia con
la participación de los jóvenes y adultos para el beneficio sea
global
Que tenemos que contar con todas las fuentes de dinamismo para
hacer frente a los nuevos retos locales y para ello se debe dar a
cada persona joven, hombre o mujer, la oportunidad de tomar parte en
el proceso de adopción de decisiones que conforman nuestras
sociedades y que determinarán su futuro.
Que la juventud es una usina permanente de ideas innovadoras,
presentes en todos los estamentos de la sociedad.
Por todo lo expuesto, varios Señores Concejales eleva el siguiente
proyecto de:
ORDENANZA.
Artículo 1º: Crease el Programa de Presupuesto Participativo Jóven,
que regirá en el Partido de General Pueyrredón conforme lo establece
la presente ordenanza.
Artículo 2º: Se establecen como objetivos:
a) Lograr que la juventud se sienta comprometida con los destinos de
la ciudad.
b) Fortalecer los vínculos de vecindad entre los habitantes de la
Ciudad.
c) Aportar un instrumento de control y planificación de la
administración municipal.
d) Mejorar la disposición para cumplir con las normas tributarias.
e) Motivar la participación de la ciudadanía Jóven entre 13 y 30 años
en las tareas de gobierno de la ciudad.
f) Consolidar un espacio institucional de participación, mejorando la
relación de la sociedad civil Jóven con el Estado Municipal.
Artículo 3º: El Presupuesto Participativo se regirá por los
siguientes principios:
a) Transparencia: El presupuesto municipal es objeto de difusión, a
fin de que la población tenga conocimiento del mismo.
b) Consenso: el procedimiento promueve la construcción de consensos
entre los vecinos de la ciudad.
c) Eficacia y Eficiencia: El Municipio organiza su gestión
en torno a objetivos y metas establecidas en los planes
concertados a través del presupuesto, desarrollando estrategias para
la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización
de los recursos.
d) Equidad: Las consideraciones de equidad son un componente
constitutivo y orientador de la inversión municipal, tendiente a
promover acciones, inversiones y programas hacía grupos y sectores
sociales que requieran ser atendidos de manera especial.
e) Inclusión: Le permite a los vecinos sentirse parte activa de los
cambios barriales. Logra la participación de grupos y organizaciones
de la sociedad civil.
f) Creatividad: Promover en la juventud la capacidad de resolver
problemas concretos de su comunidad de formas alternativas y
creativas.
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo determinará el porcentaje del
Presupuesto Municipal que se afectará al Programa de Presupuesto
Participativo Jóven en el proyecto de Ordenanza del Presupuesto
Municipal a remitirse al H. Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Para la asignación del monto asignado al Programa de
Presupuesto Participativo Jóven a cada sección, el Departamento
Ejecutivo establecerá un Índice de Carencia, que deberá
confeccionarse con indicadores de salud, educación, vivienda,
ingresos, y género y cuyo cálculo deberá ser actualizado anualmente
previo a la distribución de los recursos a cada sección.
Artículo 6º: Tanto para la elaboración del índice que
establece el artículo anterior, como para la actualización
anual del mismo, el Departamento Ejecutivo constituirá una
comisión conformada por un representante por cada Secretaria del
Departamento Ejecutivo, 1 representante de todos los centros de
estudiantes del Partido de General Pueyrredón y 1 representante por
cada Juventud Política con representación en el Honorable Concejo
Deliberante.
Artículo 7º: Créase un Foro Seccional de Presupuesto Participativo
Jóven por cada una de las Secciones en que está dividido el Partido
de General Pueyrredón.
Articulo 8º: El Departamento Ejecutivo designará un Coordinador
por cada Foro Seccional de Presupuesto Participativo Jóven.
Serán las funciones del Coordinador de Foro, tanto en el Foro
Seccional como en el SubSeccional, las siguientes:
a) Presenta la modalidad de trabajo.
b) Ordena las discusiones.
c) Informa a los ciudadanos respecto del monto asignado a la
Seccional correspondiente.
d) Alienta el consenso.
e) Elabora el informe final sobre el resultado de la jornada
participativa, que deberá ser firmado por los asistentes a la misma.
Articulo 9º: El proceso de formación del Presupuesto Participativo se
realizará en tres etapas:
a) Primera jornada participativa en cada Foro Seccional.
b) Tercera jornada participativa en el Foro de Cierre.
Articulo 10º: Podrán inscribirse y participar en el Foro Seccional,
los vecinos que tengan entre 13 y 30 años que acrediten domicilio
real en jurisdicción del mismo.
Artículo 11º: Los participantes dan a conocer las principales
necesidades y problemáticas de su distrito trabajando con la
modalidad de taller. A instancia de los vecinos, el Municipio
proveerá el asesoramiento técnico y financiero en la elaboración de
los proyectos. Los proyectos elaborados pasan para su votación al
Foro Seccional. Los proyectos deben contar con la factibilidad
otorgada por el Municipio y demás autorizaciones y/o controles
que sean necesarias según la índole de lo proyectado.
Artículo 12º: La segunda jornada participativa se da en el ámbito del
Foro Seccional. Luego de la presentación de todos los proyectos se
procede a la votación de los mismos. Los proyectos que integrarán el
presupuesto municipal del año siguiente serán los más votados a
simple pluralidad de sufragios, hasta agotar el monto
asignado a la Sección correspondiente.
Artículo 13º: La tercera jornada participativa, será el Foro de
Cierre. Se da en el ámbito del Foro Seccional y participan del mismo
todos los vecinos.
Artículo 14º: La primera jornada participativa deberá realizarse
entre abril y mayo, la segunda entre julio y agosto y la tercera
entre noviembre y diciembre de cada año.
Artículo 15º: El Departamento Ejecutivo procederá a la redacción
final del anteproyecto del Presupuesto Participativo Jóven para el
ejercicio siguiente que será enviada al H. Concejo Municipal para su
tratamiento y aprobación, en los plazos estipulados en la Ley
Orgánica Municipal.
Artículo 16º: El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la
presente Ordenanza dentro del plazo de noventa (90) días de
promulgada la misma.
Artículo 17º: Los proyectos elaborados que no sean incluidos serán
remitidos al Departamento Ejecutivo para que tome conocimiento de los
mismos.
Articulo 18º: De forma
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredón
Departamento Deliberativo
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Mar del Plata