Mar del Plata, 15 de febrero de 2010
SR. PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Arq. MARCELO ARTIME
S / D
VISTO:
La experiencia de vida y el desempeño logrado por la ciudadana
marplatense Rosana Carolina Rosales en la ciudad de Puerto Príncipe,
Republica de Haití y
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana mencionada se desempeña como personal
profesional civil de la Fuerza Aérea Argentina e integrante de la fuerza
Multinacional denominada “Cascos Azules”.
Que en oportunidad de su segunda misión a la Republica de Haití, se
produjo el terremoto del día 12 de Enero del corriente.
Que por su condición de enfermera asistió a los miembros de las
Naciones Unidas y ciudadanos haitianos, victimas del terremoto en
condiciones totalmente desfavorables y precarias.
Que a pesar del derrumbe del Hospital donde desarrollaba sus tareas
siguió adelante en el cumplimiento de las mismas
Que a ante la falta de suministros médicos, continuaron ella y los
profesionales de su equipo, resolviendo situaciones derivadas de las
lesiones producidas en oportunidad del terremoto
Que a pesar de contar con un botiquín por demás precario se llevo
adelante una tarea digna de ser reconocida
Que actitudes humanitarias de esta índole es un orgullo para la
familia y es un accionar ejemplificador para los demás miembros de la
comunidad.
Que se debe reconocer y destacar a todas las personas que casi
pierden su vida para salvar otras, dejando familia, vida cómoda para
trabajar por el bien de otros.
Es por eso que el Bloque de la Unión Cívica Radical eleva el siguiente
proyecto de:
ORDENANZA
Articulo 1-. Concédase la “Distinción al Merito Ciudadano de la
Municipalidad de General Pueyrredón” a la Señorita Rosana Carolina Rosales
por su actuación durante y después del terremoto ocurrido en la ciudad de
Puerto Príncipe de la Republica de Haití del 12 de enero de 2010 .
Articulo 2-. Entréguese copia de la presente a la Señora Rosana Carolina
Rosales en un acto convocado al efecto en el recinto de sesiones “Carlos
Mauricio Irigoin” del Honorable Concejo Deliberante.
Articulo 3-. De forma.-
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo