Información de Expediente

2009 - E - 1728
Fecha de Entrada: 21/08/2009
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 26/08/2009
Agregado a: 2009 - N - 361 - 0 - 0
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. INFORME ref. a la aplicación del PROGRAMA SOCIAL "ALBERGUE NOCTURNO".-
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto




                                            Mar del Plata, 14 de Agosto 2009





SEÑOR PRESIDENTE

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

ARQ. MARCELO ARTIME

S/D




VISTO:





      La Ordenanza 16815 con fecha de promulgación 17 de mayo de 2005, y



CONSIDERANDO:



      Que dicha Ordenanza  crea  el  Programa  Social  “Albergue  Nocturno”,

destinado a personas mayores de 18  años  de  edad  en  situación  de  calle

habitual  o  que  de  manera  eventual  han  quedado   provisoriamente   sin

alojamiento.



      Que se trata de un programa que se ocupa de  la  población  en  riesgo

para su reinserción social.



      Que desde el año 2005 a la fecha la situación social se ha agravado en

demasía y resulta  ineludible  prestar  atención  a  los  adultos  que,  por

diferentes conflictos o por desvinculación familiar, permanecen y  viven  en

la calle, evidenciando la ruptura de  los  lazos  primarios  con  las  redes

sociales y la falta de contención y apoyo para resolver esas situaciones  de

inestabilidad.



           Que las personas que viven en situación de  calle,  desvinculados

de lazos familiares y fuera de la estructura económica  y  social,  no  sólo

sufren las inclemencias del tiempo, sino, y  fundamentalmente,  la  vivencia

de no ser parte de una comunidad organizada. Estas  personas  se  encuentran

en estado de vulnerabilidad social.



           Que el ''programa de albergue nocturno'', además de  cumplir  con

la urgente necesidad de dar techo a quién no  lo  tiene,  busca  ofrecer  un

''plus'', un encuadre apropiado, dado que ser  asistido,  tener  derechos  y

obligaciones  (aunque  en  principio  dentro  del  refugio),  crear   nuevos

vínculos, compartir vivencias, prepara a estas personas  para  una  deseable

experiencia emocional correctiva.



      Que se trata de un programa integral que  busca  las  causas  de  ésta

problemática.



      Que desde nuestro interés por la vigencia de la normativa  sancionada,

se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
















                                COMUNICACION




Artículo  1º           El  Honorable   Concejo   Deliberante   solicita   al

Departamento Ejecutivo que, en el marco de lo normado  por  Ordenanza  9364,

tenga a bien informar:


- Cual es el estado actual de  aplicación  del  Programa  Social  “Albergue

   Nocturno”,

- Cuales son los resultados sociales obtenidos  por  la  aplicación  de  la

   Ordenanza 16815, en cuanto a cantidad de  personas  atendidas,  servicios

   proporcionados y derivaciones efectuadas.

- Acciones llevadas a cabo  por  el  gobierno  municipal  a  favor  de  las

   personas en situación de calle.



Artículo 2º         De forma.



                           -----------------------

Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



                                BLOQUE U.C.R



Mar del Plata



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