Información de Expediente

2007 - E - 1038
Fecha de Entrada: 16/01/2007
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: EL FRENTE
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA EN ARCHIVO
Desde: 19/01/2015
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. que realice en breve, las acciones tendientes a REGULARIZAR la situación en la que se encuentra la construcción sita en la esquina norte de la intersección de las calles BOLIVAR Y VIAMONTE de nuestra ciudad.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-3109 26/04/2007

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 17/01/2007 06/02/2007 APROBADO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 06/02/2007 16/04/2007 APROBADO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                       MAR DEL PLATA, enero de 2007.-



Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

C.P.N. CARLOS M. IRIGOIN


S     /     D




:

VISTO

                         Las  atribuciones  y   deberes   del   Departamento

Ejecutivo en cuanto a la ejecución de las Ordenanzas –art. 107  de   la  Ley

Orgánica de las Municipalidades-  y  a  “adoptar  medidas  preventivas  para

evitar incumplimientos a las ordenanzas de orden público, estando  facultado

para clausurar establecimientos, decomisar y destruír productos,  demoler  y

trasladar instalaciones” –art. 108 inc. 5º - y;


CONSIDERANDO:


            Que en similar sentido, la Ordenanza Nº  6087  establece  a  los

propietarios de  terrenos  baldíos  y  los  que,  por  cualquier  causa  los

detenten, exploten o tengan  a  su  cuidado,  la  limpieza  de  los  mismos,

eliminando malezas, basura, residuos y todo tipo y género  de  materias  que

signifiquen un riesgo para la salubridad pública. Previendo también  que  la

Municipalidad podrá disponer sin más trámite la ejecución de los trabajos  a

través del Departamento de Higiene Urbana o mediante  la  privatización  del

servicio,  con  cargo  al  titular  de  dominio  y  bajo  apercibimiento  de

procederse al cobro del servicio prestado por vía judicial.



                        Que el vecindario de la zona de Viamonte  y  Bolívar

ha venido manifestando en  forma  reiterada  su  inquietud   a  raíz  de  la

presencia, desde hace muchos  años,  de  una  construcción  abandonada  cuya

importante estructura amenaza la seguridad edilicia, la salubridad y  afecta

gravemente la armonía urbana y  estética  de  un  sector  calificado  de  la

ciudad.


            Que incluso dichas construcciones,  en  parte  sin  cerco  y  en

parte con cercos antirreglamentarios, permiten la  presencia  de  ocupantes,

generando un factor de riesgo a la tranquilidad de la zona y de  precariedad

habitacional que atenta contra la dignidad de sus propios ocupantes.


                      Que en principio,  los  reclamos   se  dirigían  a  la

acumulación de suciedad, la existencia de roedores y la presencia  de  gente

de malvivir, cuestión que se  ha  visto  agravada  por  la  degradación  del

sector y el progresivo deterioro de la estructura abandonada y sus cercos  y

veredas.


                      Que con el correr  del  tiempo,  la  situación  se  va

viendo agravada por el empeoramiento de las condiciones  de  la  estructura,

que  contrasta  con  las  posibilidades  de  inversión  privada  en   nuevos

emprendimientos  en  dicho  sector,  y  con  la  marcada  característica  de

residencialidad calificada del mismo.


                    Que dicha situación reclama del Municipio las tareas  de

conservación, limpieza y adecuación del inmueble que el titular no  efectúa,

para devolver a la zona las condiciones mínimas de  seguridad  y  salubridad

que la población merece y el mejor tratamiento posible al  negativo  impacto

visual que genera.


                   Que por lo expuesto, consideramos conveniente  encomendar

al Departamento Ejecutivo que ejecute a la brevedad dichos  trabajos,  antes

de lamentar peores hechos de inseguridad y delincuencia  haciendo  cargo  de

las erogaciones que los mismos impliquen, al titular de dominio.


                  Por tales motivos, el Bloque de Concejales de El Frente  –

U.C.R.- eleva el presente




                          PROYECTO DE COMUNICACION




Artículo 1º.-  Solicítase al Departamento Ejecutivo que  realice  en  tiempo

perentorio las acciones tendientes a regularizar la situación  tanto  física

como jurídica  de  la  construcción  situada  en  la  esquina  norte  de  la

intersección de las calles  Bolívar  y  Viamonte,  y  en  caso  de  resultar

procedente:


a) allanar, desmontar o  demoler  según  corresponda  las  estructuras  allí

   existentes que afecten la seguridad, salubridad y estética públicas,  con

   cargo al propietario.


b) Intimar al propietario, o realizarlo por sí o por terceros a su cargo,  a

   construír los cercos y veredas reglamentarios.


c) Proceder a la higienización, con cargo al propietario.


d) Realizar las acciones que correspondan ante el supuesto de existencia  de

   intrusos u ocupantes ilegales en el lugar.


e)  Efectuar  la  correspondiente  revisión  del  permiso  de   construcción

   oportunamente otorgado.



Artículo 2º.-   De forma.







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Mar del Plata



                          BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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