MAR DEL PLATA, 25 de octubre de 2006.-
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
CPN MAURICIO IRIGOIN
VISTO:
Las conocidas y reiteradas situaciones que se plantean en buena
parte del litoral marítimo del Partido de General Pueyrredon, relacionada
con la disminución del nivel de arena de las playas y espacios costeros y,
CONSIDERANDO:
La problemática que se genera, tanto en el aspecto económico
cuanto turístico, al reiterarse constantes disminuciones de superficies de
arena en algunos sectores, así como la pérdida y destrucción de espacios de
playas en otros ,
Que agravando la cuestión, también se produce un permanente
proceso de acumulación de arena en el canal de acceso al puerto, alterando
su capacidad operativa e impidiendo la normal circulación y asentamiento de
arena en otros espacios
Que dicha circunstancia ha quedado evidenciada con hechos de
conocimiento público en los cuales han prácticamente desaparecido espacios
de playas que históricamente tenían considerables extensiones
Que asimismo existen otros factores que influyen en tal
situación, como la realización de obras de defensa costera –algunas de
ellas en otros distritos- que han desviado la circulación natural de la
arena, más allá de los fenómenos meteorológicos y el normal y constante
proceso erosivo que genera la actividad del mar.
Que la Cámara de Empresarios de Balnearios, Restaurantes y
Afines de la Costa de Mar del Plata –CEBRA- ha manifestado ante este
Cuerpo mediante nota 559-2006 su alarma con relación a esta cuestión,
exponiendo que “el fenómeno descripto se ha producido en toda la costa
marplatense, y sin temor a equivocarnos podemos afirmar que los balnearios
existentes están perdiendo arena a un ritmo que pone en riego esta
explotación en un mediano plazo”...”Afirmamos que estamos ante un problema
que de no ser resuelto tendrá una reacción en cadena que causará inmensos
perjuicios a una ciudad que tiene el privilegio de haber nacido y crecido
como destino turístico gracias al primer eslabón de esa cadena que fueron y
son, sus privilegiadas playas”.
Que es jurisdicción del Estado Provincial lo atinente a las
obras costeras situadas sobre el espacio marítimo, así como el estudio de
la defensa de playas y riberas, efectuado en este momento a través del
organismo denominado Autoridad Provincial del Agua, como también velar por
el uso racional y la conservación del recurso arenífero.
Que la Municipalidad es parte interesada fundamental en lo
atinente al tratamiento de dicha cuestión, siendo su recurso más importante
las playas, base del equilibrio ambiental y de la actividad económica de
General Pueyrredon.
Que la magnitud del problema y su proyección hacia el futuro,
meritúan la realización de una Jornada de Trabajo convocada por este H.C.D.
Por ello, el Bloque de Concejales de El Frente – U.C.R. eleva a
consideración el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1º.- Convócase a una Reunión de Trabajo para tratar la
problemática de la disminución de arena en las playas del Partido de
General Pueyrredon, evaluando causales y posibles alternativas de
tratamiento y solución de dicha cuestión.
Artículo 2º .- Serán convocados a participar de la misma:
- Señor Presidente de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos
Aires, Ing. Indalecio Oroquieta
- Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires
- Dirección Provincial de Geodesia
- Dirección Provincial de Minería
- Consorcio Regional del Puerto de Mar del Plata
- Administración Punta Mogotes
- Comisión Mixta Permanente de Intereses Marítimos
- Comisión Mixta Permanente de Defensa del Puerto y las Playas
- Dirección de Recursos Turísticos
- Dirección de Gestión Ambiental del EMVISURyGA
- Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano
- Ente Municipal de Turismo (EMTUR)
- Cámara de Empresarios de Balnearios, Restaurantes y Afines de la Costa de
Mar del Plata –CEBRA-
- Diputada Nacional Vilma Baragiola
- Legisladores Provinciales con asiento en la ciudad.
Artículo 3º .- Facúltase a la Presidencia para la fijación del día y hora
de la convocatoria, así como la ampliación de la nómina del artículo 2º .
Artículo 3º .- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo