Información de Expediente

2006 - E - 1938
Fecha de Entrada: 02/10/2006
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: EL FRENTE
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/09/2009
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
D 6452 5 2006 1 0 0
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Gobierno Nacional que impulse las acciones tendientes a la debida implementación del Acuerdo de Cooperación sobre Turismo entre el Gobierno de la Rep. Argentina y el Gobierno de la Rep. Italiana, suscripto en la ciudad de Buenos Aires el 20 de diciembre de 1985.
Proyecto 2: Resolución

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-2384 26/10/2006

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 03/10/2006 10/10/2006 APROBADO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 10/10/2006 23/10/2006 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                  MAR DEL PLATA, octubre de 2006.-



Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

CPN MAURICIO IRIGOIN


S     /     D




VISTO:

            El Acuerdo de Cooperación Sobre Turismo Entre el Gobierno de  la

República Argentina y el Gobierno de la República Italiana, suscrito  en  la

ciudad de Buenos Aires  el  20  de  diciembre  de  1985,   aprobado  por  el

Congreso Nacional mediante Ley 23.632 promulgada el 20 de octubre  de  1988,

y;


CONSIDERANDO:


            Que el citado Tratado bilateral, que  consta  de  12  artículos,

contiene cláusulas que de lograrse  su  efectiva  aplicación,  significarían

avances importantes en el desarrollo de  la  industria  turística  y  en  la

optimización del destino Argentina como centro de turismo receptivo.


            Que entre otros puntos, el Acuerdo,  animado  por  el  deseo  de

reafirmar aun más los lazos de amistad existentes,   preve  que  las  Partes

dedicarán una especial  atención  al  desarrollo  y  la  ampliación  de  las

relaciones turísticas entre ambos países con el fin  de  promover  el  mutuo

conocimiento de sus respectivas historias, vida y cultura.


            Que  se  estipula  asimismo  la  constitución  de  una  comisión

Técnica  Mixta encargada de realizar las  consultas  respectivas,  así  como

otros asuntos turísticos  que puedan ser establecidos.


             Que  otras  cláusulas  contemplan  también  el  intercambio  de

información sobre regímenes legales, administración  hotelera,  equipamiento

y servicios, el fomento de la publicidad  turística  recíproca,  intercambio

de material promocional, colaboración para la participación de ferias  y  el

intercambio de agentes turísticos, así  como  acciones  de  capacitación  de

operadores del sector.


            Que  dicho acuerdo fue previsto con una duración  de  seis  años

prorrogables con reconducción tácita por períodos adicionales iguales


            Que en  la  Honorable  Cámara  de  Diputados  de  la  Nación  se

presentó en el año 2002, a raíz  de  no  haber  tenido  efectiva  puesta  en

marcha el Tratado, una iniciativa  que  tuvo  despacho  de  Comisiones  como

Proyecto de  Declaración  que  específicamente  establecía  “Que  vería  con

agrado que el Poder Ejecutivo implemente a  través  de  los  organismos  que

corresponda  el  Acuerdo  de  Cooperación  Turística  entre   la   República

Argentina y la República de Italia, firmado entre ambas naciones y  suscrito

en la ciudad de Buenos Aires el 20 de diciembre de 1985”.


      Que entre los fundamentos del precitado proyecto, se señalaba que  “La

ley 23.632, publicada en el Boletín Oficial con fecha  1º  de  noviembre  de

1988, aprobó el Acuerdo de Cooperación sobre Turismo entre  el  Gobierno  de

la República Argentina y  el  Gobierno  de  la  República  de  Italia.  Este

acuerdo internacional tiene como base la atención especial al  desarrollo  y

la ampliación de las relaciones turísticas entre ambos países,  con  el  fin

de promover el mutuo conocimiento  de  sus  respectivas  historias,  vida  y

cultura. En el mismo acuerdo se promueve el  intercambio  de  información  a

través de los organismos oficiales de turismo; se  procurará  el  fomento  y

publicidad  turística  recíproca,  las   actividades   informativas   y   de

propaganda; ambas partes elaborarán programas  bilaterales  de  enseñanza  y

capacitación. Pese a la vigencia de este  acuerdo,  poco  se  ha  realizado,

desaprovechando una oportunidad más entre las muchas que posee la  República

Argentina  en  materia  de  desarrollo  del  turismo.  Por  las   relaciones

culturales, históricas y económicas que nos unen a  la  República  Italiana,

y, en vista de la voluntad manifestada por este país de ayudar en la  crisis

actual por la que atraviesa la Argentina, se hace necesario  llevar  a  cabo

este  acuerdo  que  coadyuvará  junto  a  otras  medidas  a   no   solamente

incrementar nuestras relaciones diplomáticas, sino  a  promover  el  turismo

receptivo internacional”


            Que el momento actual resulta más que propicio  para  consolidar

a la República Argentina como  centro  receptor  de  turismo  internacional,

considerando a Italia como un importante emisor de  turistas,  profundamente

vinculado a través de estrechos lazos con nuestro país, pudiéndonos  aportar

asimismo su fuerte tradición y experiencia en el campo turístico;


            Que a raíz de todo ello, surgiría una evidente ventaja para  Mar

del Plata en  su  posicionamiento  internacional,  merced  a  las  políticas

desplegadas en ese sentido, y la labor  constante  y  estratégica  promovida

tanto desde el  sector  público  como  de  las  entidades  que  hacen  a  la

actividad turística local;


POR  ELLO,  el  Bloque  de  Concejales  de  El  Frente  –  U.C.R.,  eleva  a

consideración el siguiente:



                 PROYECTO DE COMUNICACION



Artículo 1º .-   El Honorable  Concejo  Deliberante  de  General  Pueyrredon

solicita al Gobierno Nacional que  impulse  las  acciones  tendientes  a  la

efectiva implementación del ACUERDO DE COOPERACIÓN SOBRE  TURISMO  ENTRE  EL

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA  REPÚBLICA  ITALIANA,

suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 20 de diciembre de 1985,   aprobado

por el Congreso Nacional mediante Ley 23.632


Artículo 2º .- Remitir copia de la presente al Señor Ministro de  Relaciones

Exteriores,  Comercio  Internacional  y  Culto  de  la  Nación,   al   Señor

Secretario de Turismo de la Nación y al  Señor  Embajador  de  la  República

Italiana en Buenos Aires.


Artículo 3º .- De forma.

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Mar del Plata



                          BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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