MAR DEL PLATA, 09 de enero de 2006.-
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
C.P.N. CARLOS MAURICIO IRIGOIN
Mediante Nota 752/2005, la
Asociación Cooperadora del Hospital Mar del Plata solicita al H. Cuerpo, la
asignación como subsidio de un porcentaje del canon que percibe la
Municipalidad por la concesión de uso y explotación la Unidad Turística
Fiscal Varese-Cabo Corrientes.
Dicha solicitud tiene sus
antecedentes en cuanto por Ordenanza Nº 16316 se les otorgó en la
temporada anterior un porcentaje sobre el canon proveniente de la Unidad
Turística Fiscal denominada Plaza del Centenario.
La solicitud es formulada por esta
reconocida entidad, para atender necesidades operativas de los Hospitales
Interzonales de Mar del Plata, como así también de los pacientes de menores
recursos que recurren a ellos.
No resulta menester abundar en
detalles con relación a la labor que desarrolla desde hace muchos años la
Asociación Cooperadora, supliendo a veces las deficiencias y omisiones del
sector estatal. Su tesonera labor permitió tantísimos logros que a veces
no hubieran podido realizarse mediante el uso de los fondos
presupuestarios.
A su vez, no desconocemos la
delicada situación en la que se encuentra la salud pública, que se ve
directamente reflejada en los amplios sectores poblacionales que demandan
prestaciones del sector sanitario público.
Entendemos que accediendo a lo
propuesto por la entidad peticionante, estaremos acompañando la labor de
una institución que ha demostrado una constante y comprometida labor en pos
del bien común.
Por ello, el Bloque de Concejales El
Frente-UCR eleva a consideración del cuerpo el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º : Aféctase el DIEZ POR CIENTO (10%) del canon percibido por la
Municipalidad de General Pueyrredon por el uso y explotación de la Unidad
Turística Fiscal denominada Varese-Cabo Corrientes correspondiente a la
temporada de verano 2005-2006, como subsidio a favor de la Asociación
Cooperadora del Hospital Mar del Plata, con domicilio en la calle Castelli
2445.
Artículo 2º : De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo