Información de Expediente

2002 - E - 1678
Fecha de Entrada: 05/08/2002
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: JUSTICIALISTA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 26/02/2004
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
ENCOMENDANDO AL D.E. LA ELABORACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CORRESPONDIENTE AL LLAMADO A LICITACION PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN PREDIO DE CLASIFICACION DE MATERIALES REUTILIZABLES Y/O RECICLABLES DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.-
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1119 26/02/2004

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
030 MEDIO AMBIENTE 06/08/2002 17/11/2003 ARCHIVO
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 17/11/2003 25/11/2003 ARCHIVO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 25/11/2003 22/12/2003 ARCHIVO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 22/12/2003 20/02/2004 ARCHIVO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                          Mar del Plata, 30 de julio de 2002



Al Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

C.P.N. Gustavo Pulti

S           /          D


VISTO:


Que el proceso licitatorio llevado a cabo por el municipio en  el  año  2000

se halla paralizado con motivo que la empresa preadjudicataria no  obtuviera

el correspondiente Certificado de Aptitud  Ambiental  del  predio  propuesto

por la misma, de parte de la Autoridad provincial.


Que la Empresa que tenía a su  cargo  la  operación  del  actual  predio  de

disposición final de RSU hizo abandono unilateralmente de la  prestación  de

servicios en el mismo.


Que la capacidad  del  predio  actual  se  halla  totalmente  colapsada,  no

pudiendo sostenerse por mucho tiempo mas  en  las  actuales  condiciones  de

operación, siendo que la inapropiada y casi inexistente gestión de  los  RSU

imperante en los últimos años, ha  transformado  al  mismo  en  uno  de  los

principales pasivos ambientales del Partido de Gral. Pueyrredón.


Que desde hace varios años vienen desarrollándose tareas de recuperación  de

materiales dentro del predio, a través de la presencia casi continua  de  un

muy importante número de personas, incluyendo menores de edad.


Que dichas personas desarrollan sus tareas en  forma  totalmente  irregular,

precaria e indigna, sin hallarse bajo ninguna norma de  ordenamiento,  y  en

la  mas  absoluta  desprotección  respecto  a  condiciones   de   seguridad,

elementos adecuados de trabajo, normas  sanitarias,  cobertura  asistencial,

etc.


Que estas condiciones laborales han traído como consecuencia  la  ocurrencia

gran cantidad de accidentes,  incluso  fatales,  además  de  daño,  tal  vez

irreparable, sobre  la  salud  de  los  recuperadores,  cuyas  consecuencias

reales se manifestarán en el tiempo.


Que dentro del predio  desarrolla  sus  operaciones  comerciales  un  número

determinado de acopiadores que recogen y retiran del lugar, en  sus  propios

vehículos, el material seleccionado por los recuperadores.


Que en los pliegos licitatorios elaborados por el Municipio en  los  últimos

30 años se ha contemplado  como  aspiración  la  tarea  de  recuperación  de

materiales reutilizables y/o  reciclables  con  valor  comercial,  pero  sin

trascender el plano del voluntarismo, siendo que en los dos últimos  pliegos

licitatorios no fue contemplado como una exigencia para los oferentes.


Que el destino y disposición de los RSU es un problema de muy larga data  en

la ciudad, que debido a una histórica ineficiencia en su gestión, ha  creado

en la ciudadanía un paradójico sentimiento de rechazo  a  asumir  su  propia

generación de residuos, a través  de  un  mecanismo  de  asociación  directa

entre la gestión de los mismos con severos daños ambientales  y  sanitarios,

todo ello como consecuencia de la desconfianza imperante ante el fracaso  de

las experiencias actuales y pasadas.


Que nunca se han intentado seriamente medidas de mejoramiento progresivo  de

los sistemas de manejo de residuos, a la espera de definir e implementar  un

sistema óptimo que  solucionara  en  un  único  acto  todos  los  problemas,

desperdiciando de esta manera las posibilidades de alcanzar gradualmente  un

sistema de gestión apropiado mediante el aprovechamiento de  la  experiencia

acumulada.


CONSIDERANDO


Que la paralización del proceso licitatorio,  actualmente  en  instancia  de

apelación, impondrá un considerable período de tiempo hasta  su  resolución,

existiendo  la  posibilidad  de  tener  que  iniciar  un  nuevo  llamado   a

licitación.


Que la presente propuesta  no  resulta  contraria  ni  incompatible  con  el

actual proceso en curso, ni con las  instancias  que  pudieran  derivar  del

mismo.


Que a partir del abandono del servicio de disposición final  de  RSU  en  el

actual predio, por parte de la Empresa operadora, el Municipio  debió  tomar

a su cargo las operaciones en el mismo.


Que debido al colapso del actual predio y al  daño  ambiental  que  implica,

resultará necesario a  la  brevedad  disponer  la  incorporación  de  nuevos

terrenos donde mejorar la gestión de RSU, durante un período  de  transición

hasta tanto se  acuerde  e  implemente  una  solución  definitiva  para  una

adecuada gestión de los mismos.


Que  hallándose  en  la  actualidad  las   operaciones   del   predio   bajo

responsabilidad del Municipio, resulta de  gran  importancia  establecer  un

marco de ordenamiento para las tareas de recuperación y comercialización  de

materiales provenientes de los RSU,  en  adecuado  contexto  con  la  actual

crisis económica y social.


Que es obligación del Estado promover un cambio en las pautas de  producción

y consumo tendiente a un reaprovechamiento de materias primas  en  busca  de

una  utilización  racional  y  sustentable  de   los   recursos   naturales,

alineándose así con el cuidado del medio ambiente, que es anhelo de toda  la

comunidad.


Que es deseable buscar paulatinamente concordancia  con  los  conceptos  mas

avanzados en gestión integral de  RSU,  basados  en  la  disminución  en  la

generación de residuos y en el reaprovechamiento  y  reciclado  de  materias

primas.


Que resulta  fundamental  revertir  la  desconfianza  y  el  rechazo  de  la

ciudadanía acerca del manejo de  los  RSU,  tendiendo  a  establecer  en  la

comunidad  pautas  de  concientización  sobre  el  rol   y   las   conductas

individuales  de  sus  miembros  como  generadores   de   residuos,   y   la

demostración en los hechos de la existencia de formas adecuadas de  gestión,

a través de la posibilidad de establecer Centros Integrales  de  Tratamiento

y Disposición de RSU.


Que  en  función  de  la  Emergencia  Económica  declarada  por  el   Estado

Municipal, que impide el ingreso de personal  en  relación  laboral  directa

con el Municipio, es necesaria la  búsqueda  de  caminos  alternativos  para

promover las actividades  de  separación  de  materiales  reutilizables  y/o

reciclables de los RSU, al tiempo que se le  dé  una  solución  al  problema

social de las personas que actualmente desarrolla estas actividades.


Que las tareas de  comercialización  de  los  materiales  reutilizables  y/o

reciclables implican un despliegue ágil  y  dinámico,  en  respuesta  a  los

cambios cíclicos del mercado de estos productos, que la propia normativa  de

administración  del  Estado  Municipal  imposibilita,  considerándose   como

apropiado que esta actividad sea  desarrollada  por  quienes  ya  la  vienen

realizando, reservándose el Estado la potestad del control de  la  actividad

y la elaboración de las pautas bajo las cuales se desarrolle.


Que resulta razonable comenzar a mejorar de inmediato, en la medida  de  las

posibilidades que marca el actual contexto, el sistema de gestión de RSU  en

el Partido de Gral. Pueyrredón, en la búsqueda de iniciar un camino  que  en

el tiempo permita alcanzar gradualmente un sistema óptimo.  En  tal  sentido

se considera que este ordenamiento debe  funcionar  como  punto  de  partida

hacia  el  establecimiento  de   programas   de   separación   domiciliaria,

recolección selectiva, etc.

      Por  todo  lo  expuesto,  el  bloque   de   concejales   del   Partido

Justicialista propone el siguiente proyecto de



                                  ORDENANZA


Art. 1°: Encomiendase al Departamento  Ejecutivo  que  en  un  plazo  de  90

(noventa) días elabore el Pliego de Bases y Condiciones  correspondiente  al

llamado a licitación para el establecimiento de un predio  de  clasificación

de materiales reutilizables y/o reciclables de los RSU del Partido de  Gral.

Pueyrredón, así como para el establecimiento y operación  de  un  Centro  de

Comercialización para tales materiales.


Art. 2°: El Complejo de Tratamiento de los RSU deberá constar  al  menos  de

tres  áreas  claramente  diferenciadas  e  independientes,  al  tiempo   que

próximas entre sí, siendo las mismas un Área de Volcado y  Clasificación  de

los RSU provenientes de la recolección, un Área  de  Comercialización  donde

se ubicará el Centro de Comercialización y  el  Área  de  Disposición  Final

donde se desarrolla el relleno sanitario ya en operaciones.


Art. 3°:  Las  características  mínimas  requeridas  y  las  condiciones  de

operación de dicho Complejo deberán responder a las pautas  fijadas  por  el

Municipio a través del  Pliego  de  Bases  y  Condiciones,  el  cual  deberá

elaborarse bajo el principio de tecnología abierta en  las  propuestas,  con

correlato entre la inversión, los plazos de operación y el canon ofertado.


Art 4°: Establezcase en el Pliego  de  Bases  y  Condiciones  que  el  canon

deberá  estar  totalmente  orientado  a   la   mejora   sustancial   de   la

infraestructura y tecnología, las condiciones de trabajo y del  ordenamiento

de las tareas, tanto para el área de clasificación  como  para  el  área  de

comercialización de materiales reutilizables y/o  reciclables,  así  como  a

las mejoras en el manejo y acondicionamiento del remanente  destinado  a  la

disposición final.


Art. 5°: De forma.




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Mar del Plata



BLOQUE JUSTICIALISTA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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